resolución dictada el 14 de noviembre de 200388. En relación con esta última resolución, la presunta víctima interpuso una solicitud de cese de prisión preventiva por aplicación del artículo 260 del Código Procesal. A raíz de lo anterior, el tribunal verificó mediante los informes médicos, que el imputado padecía una enfermedad crónica de transmisión sexual; no obstante, el tribunal indicó que dicha condición no constituía una enfermedad terminal por lo que mantuvo la medida. Al ingresar el caso en la etapa intermedia y durante la realización del juicio oral, la prisión preventiva fue nuevamente prorrogada el 19 de enero de 200489 y el 30 de julio de 200490, por el Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. 60. Finalmente, el 17 de agosto de 2004 el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José, un tribunal colegiado conformado por los jueces LGBG, OWW y AMD, declaró por voto unánime de los tres jueces, mediante la sentencia No.851-04, que Scot Cochran era responsable de los siguientes delitos: “infracción a la ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas, en su modalidad de suministro a menores de edad, cometido en daño de la salud pública […]; fabricación o producción de pornografía, y difusión de pornografía, ambos cometidos en perjuicio de [una serie de menores de edad][…]; relaciones sexuales remuneradas con personas menores de edad, y corrupción”. Todos estos delitos cometidos en concurso material. En consecuencia, se le impuso al acusado la pena de 154 años de prisión, la cual, conforme a las reglas del concurso material previstas en el artículo 22 del Código Penal, se adecuó a la pena de 45 años de prisión91. 61. Consta en el expediente que al señor Scot Cochran al momento del allanamiento de su vivienda92 y cuando se le tomó su primera declaración93 le fue ofrecido un defensor público, habiendo designado Scot Cochran a un defensor privado. Asimismo, habría tenido al menos cinco defensores privados distintos antes que iniciara la etapa de juicio94. Posteriormente, en etapa de juicio, designó dos nuevos defensores95 y en etapa recursiva fue representado al menos por seis abogados96. Cfr. Resolución 1048-03 del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José de fecha 14 de noviembre de 2003, el cual declara sin lugar la apelación interpuesta (expediente de prueba, folios 64 a 67). 88 Cfr. Resolución Nro. 2004-0018 del Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San José de fecha 19 de enero de 2004, en el cual se autoriza la prórroga de la prisión preventiva de Scot Cochran por cuatro meses más (expediente de prueba, folios 69 a 74). 89 90 Cfr. Resolución Nro. 2004-0774 del Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San José de fecha 30 de julio de 2004 que autoriza la prórroga de la prisión preventiva de Scot Cochran hasta por un mes más (expediente de prueba, folios 76 a 77). 91 Cfr. Sentencia Nro. 851-04 del Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José de fecha 17 de agosto de 2004 (expediente de prueba, folios 7363 a 7461). Cfr. Ampliación de informe relativo al allanamiento realizado en el domicilio de Scot Cochran (expediente de prueba, folio 7306). 92 93 Cfr. Acta Indagatoria de la Unidad Especializada en Delitos Sexuales y en Violencia Doméstica del Ministerio Público en San José de fecha 20 de enero de 2003 (expediente de prueba, folios 927 a 928). 94 Inicialmente fue designado el abogado GP (expediente de prueba, folio 42), siendo luego remplazado por AGR (expediente de prueba, folio 927), quien a su vez fue remplazado el 21 de abril de 2003 por el abogado APG (expediente de prueba, folio 1315), junto a este abogado se designó como Codefensor al Licenciado JMG el 25 de junio del 2003 (expediente de prueba, folio 1302). El primero de estos dos renunciaría y sería remplazado por RGS (expediente de prueba, folio 1397) y posteriormente se designaría a RQL el 21 de octubre de 2003 como codefensor (expediente de prueba, folio 3249). 95 Los abogados MCZ y MSB fueron designados el 28 de mayo de 2004 (expediente de prueba, folios 1719, 1727 y 1734). 96 Los abogados MCZ y MSB presentaron el recurso de casación (expediente de prueba, folio 2039). El abogado JCC interpuso un recurso de habeas corpus a favor de Scot Cochran (expediente de prueba, folio 2322) 19

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