Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos De 14 de diciembre de 2007 Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay Supervisión de Cumplimiento de Sentencia VISTOS: 1. La Sentencia de fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 29 de marzo de 2006, mediante la cual, dispuso, inter alia, que: 6. el Estado deb[ía] adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole necesarias para, en el plazo máximo de tres años, entregar física y formalmente a los miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa sus tierras tradicionales, en los términos de los párrafos 210 a 215 de la […] Sentencia. 7. el Estado deb[ía] implementar un fondo de desarrollo comunitario, en los términos de los párrafos 224 y 225 de la […] Sentencia. 8. el Estado deb[ía] efectuar el pago por concepto de daño inmaterial y costas y gastos dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación del […] fallo, en los términos de los párrafos 218, 226 y 227 de [la] Sentencia. 9. mientras los miembros de la Comunidad indígena Sawhoyamaxa se encuentren sin tierras, el Estado deb[ía] suministrarles los bienes y servicios básicos necesarios para su subsistencia, en los términos del párrafo 230 de la […] Sentencia. 10. [e]n el plazo de seis meses contado a partir de la notificación de la […] Sentencia, el Estado deb[ía] establecer en los asientos Santa Elisa y Kilómetro 16 de la Comunidad Sawhoyamaxa un sistema de comunicación que permita a las víctimas contactarse con las autoridades de salud competentes, para la atención de casos de emergencia, en los términos de los párrafos 232 de la […] Sentencia. 11. el Estado deb[ía] realizar, en el plazo máximo de un año contado a partir de la notificación de la presente Sentencia, un programa de registro y documentación, en los términos del párrafo 231 de la […] Sentencia. 12. el Estado deb[ía] adoptar en su derecho interno, en un plazo razonable, las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter que sean necesarias para crear un mecanismo eficaz de reclamación de tierras ancestrales de los miembros de los pueblos indígenas que haga cierto sus derechos sobre sus tierras tradicionales, en los términos del párrafo 235 de la […] Sentencia. 13. el Estado deb[ía] realizar las publicaciones señaladas en el párrafo 236 de la [S]entencia, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de la misma. De igual forma, el Estado deb[ía] financiar la transmisión radial de [la] Sentencia, en los términos del párrafo 236 de la misma. 2. La Resolución de la Corte de 2 de febrero de 2007, mediante la cual declaró, inter alia, lo siguiente: 1. Que el Estado del Paraguay ha incumplido con la Sentencia de fondo, reparaciones y costas dictada en el presente caso, en sus puntos resolutivos noveno y décimo, de conformidad con lo señalado en los Considerandos 5 a 17 de [la] Resolución.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos