930. De acuerdo con un artículo de la Corporación Reiniciar titulado “Exterminio de una esperanza, seis mil víctimas de la UP en 20 años”, las primeras víctimas del partido fueron Miguel Ángel Díaz y Faustino López, quienes fueron desaparecidos en el municipio de Puerto Boyacá en septiembre de 1984279. 931. Según los documentos aportados por los representantes, el 11 de abril de 1985 la señora Gloria Mansilla le envió una comunicación al Presidente de la República en la que denunció las acciones perpetradas contra su esposo, contra ella y su familia280. Igualmente, consta en el expediente una comunicación del 5 de octubre de 1984 del Procurador General de la Nación, Carlos Jiménez Gómez, al Ministro de Justicia, en la que solicitaba el traslado del proceso que cursa para la investigación de la desaparición de Miguel Ángel Díaz y Faustino López de Puerto Boyacá a la ciudad de Tunja, pues en el primer municipio los testigos temían a represalias contra su vida e integridad por sus declaraciones281. 932. Con respecto a los procesos penales, el 29 de mayo de 1986 el Juzgado Primero Penal del Circuito de Tunja condenó a Jorge Luis Barrero, agente rural del DAS, como autor del secuestro contra Miguel Ángel Díaz y Faustino López y le impuso la penal de cinco años de prisión282. 933. De acuerdo con las familiares del señor Miguel Ángel Díaz, ellas fueron víctimas de amenazas después de la desaparición de su esposo y padre; recibían llamadas telefónicas en las que les decían que las matarían, por lo que se vieron obligadas a cambiar de domicilio constantemente y a exiliarse en España. Igualmente, indicaron que cuando regresaban a Colombia continuaban recibiendo amenazas283. 934. En relación con los procesos disciplinarios contra el señor Jorge Luis Barrero, agente rural del DAS, a quien se le acusaba de ser responsable de la desaparición de los dirigentes políticos, en primera instancia, el 8 de noviembre de 1988, la Procuraduría Regional de Ibagué le impuso sanción disciplinaria de “solicitud de destitución”, por su participación en la desaparición de Miguel Ángel Díaz y Faustino López284285. En segunda instancia, el 31 de julio de 1989, el Procurador Tercero Delegado para la Vigilancia Administrativa confirmó en la anterior decisión286. Posteriormente, el 18 de septiembre de 1989 el Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- acogió la solicitud de la Procuraduría de destituir en el cargo a Jorge Luis Barrero por su involucramiento en la desaparición de Miguel Ángel Díaz y Faustino López el 5 de septiembre de 1984 en el municipio de Puerto Boyacá287. 935. La Comisión observa que el caso de Miguel Ángel Díaz ha llegado a conocimiento del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de las Naciones Unidas, quien el 23 de mayo de 2013 comunicó a las familiares de Díaz Martínez que la información que había proporcionado el Gobierno colombiano era insuficiente para determinar el paradero de la presunta víctima288. 936. En cuanto a las investigaciones internas por el delito de desaparición, el 20 de febrero de 2013, el Director Seccional de Fiscalías le informó al abogado de la familia Díaz Mansilla que después de verificar cuáles 279 Reiniciar, “Exterminio de una esperanza, seis mil víctimas de la UP en 20 años”. Febrero de 2005. 280 Anexo 26. Comunicación de la señora Gloria Mansilla al Presidente de la República, fecha 11 de abril de 1985. 281 Anexo 27. Comunicación del Procurador General de la Nación al Ministro de Justicia, fecha 5 de octubre de 1984. 282 Anexo 28. Sentencia del Juzgado Primero Penal del Circuito de Tunja, de 29 de mayo de 1986. 283 Comunicación de los representantes de Miguel Ángel Díaz a la CIDH, de 5 de septiembre de 2012. 284 Anexo 29. Resolución No. 123 de 1988 de 8 de noviembre de 1988 de la Procuraduría Regional de Ibagué. 285 Anexo 29. Resolución No. 123 de 1988 de 8 de noviembre de 1988 de la Procuraduría Regional de Ibagué. 286 Anexo 30. Resolución 1041 de 1989 de 31 de julio de 1989 del Procurador Tercero Delegado para la Vigilancia Administrativa. 287 Anexo 31. Resolución 3491 de 1989 del Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS-, de 18 de septiembre de 1989. 288 Comunicación del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de las Naciones Unidas a las familiares de Miguel Ángel Díaz Martínez, de 23 de mayo de 2013. 130

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