541. Según consta en escritos aportados por la parte peticionaria, el 22 de junio de 1988, el señor Cárdenas solicitó al Secretario de Gobierno de Medellín la asignación de escoltas, de absoluta confianza, para brindarle protección. Asimismo, el 23 de junio la presunta víctima solicitó al Jefe de Departamento de Orden Ciudadano de Medellín, un arma de fuego corta para su protección, debido al riesgo que corrían por ese momento los miembros de la UP. 542. El 28 de junio de 1989, durante la feria de ganado de Medellín, unos hombres armados interceptaron a la presunta víctima y le dispararon, causándole la muerte. La esposa de la presunta víctima afirmó en declaración ante Reiniciar que, al ocurrir los hechos, la presunta víctima se encontraba en compañía de un chofer y de “guardaespaldas”. 543. De acuerdo con lo señalado en el documento aportado por la parte peticionaria titulado “Colombia. Deuda con la humanidad. Paramilitarismo de Estado, 1988–2003”, los responsables del asesinato de la presunta víctima eran paramilitares. 544. En el Informe del Defensor del Pueblo de 1992, en el que hace un estudio de casos de homicidio de miembros de la Unión Patriótica, se mencionaron como presuntos responsable del homicidio del señor Cárdenas a “sicarios”. De igual modo, se señaló que “no se ha podido dar con la identidad o individualización del sindicado o sindicados. Se continúa la investigación en la modalidad de preliminares” y que “por auto de abril 27 de 1990 el Juzgado Primero de Orden Público ordenó suspender la indagación preliminar ya que no se había podido ni individualizar ni identificar a los autores del hecho criminoso”. En el mencionado informe se indicó también que “en oficio 3501 del 27/06/90 el secretario privado del jefe del DAS informa al Consejo Presidencial que en ningún caso el Sr. Cárdenas Villa solicitó escolta o protección personal al DAS y que este organismo tiene información que la escolta la había solicitado al departamento de seguridad y control, C.O.C. del Municipio de Medellín (…)”. 545. Mediante oficio del 3 de agosto de 2012, la Fiscalía General de la Nación informó a la parte peticionaria que el proceso seguido por el homicidio del señor Cárdenas Villa se encontraba en etapa previa ante el Fiscal 47, bajo el Radicado No. 3287. 1.44. Henry Cuenca Vega196 546. Henry Cuenca Vega fue dirigente de la UP y del PCC. Fue candidato a la Cámara de Representantes y a la Asamblea Departamental por la UP en marzo de 1986. Era presidente del Sindicato de Trabajadores de Cementos del Valle. 547. En 1985 y 1986 sufrió una serie de atentados y amenazas. En 1985 la sede del Sindicato de Cementos del Valle fue atacada con explosivos. El 27 de diciembre de 1985 a las 9 de la mañana, en la autopista Cali-Yumbo, hombres que se movilizaban contravía en un vehículo Renault rojo dispararon contra el vehículo de Henry Cuenca, quien se salvó al lanzarse al piso de su automóvil. Por su parte, según declararon la esposa de la presunta víctima, y su hija, en junio de 1986 mientras se encontraban en la ciudad de Santa Marta con su familia, un hombre llamó a la residencia de la presunta víctima en la ciudad de Calí y le dijo a la persona encargada de cuidar la casa que le dijera “a ese hijueputa que deje de hablar tanta mierda en la plaza, que lo vamos a quemar con familia y todo”. Al día siguiente la esposa de la presunta víctima recibió una llamada en la que le dijeron “ve gran HP decile a es perro hijo de puta que lo voy a quemar vivo, que está hablando mucha mierda en la plaza pública”. 548. En virtud de ello, según consta en el expediente, la familia decidió desplazarse y cambiar de residencia y se trasladó a la ciudad de Bogotá. 196 Anexo 15. Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 18 de febrero de 2013. Caja 1, Carpeta Henry Cuenca Vega. 80

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