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firme. Dichas publicaciones se realizarán, según informó el Estado, en la Gaceta Oficial de la
República del Paraguay, la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y la página
web del Poder Judicial. El Tribunal continuará supervisando los resultados de las
investigaciones para determinar lo procedente en cuanto a este aspecto.
26.
Que a efectos de continuar supervisando este punto, resulta necesario que el Estado
continúe presentando información completa y actualizada sobre la totalidad de las acciones
adelantadas y se refiera a los aspectos señalados en esta Resolución.
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Búsqueda y localización de las víctimas desaparecidas
27.
Que en relación con la obligación del Estado de proceder de inmediato a la búsqueda
y localización del paradero de los señores Agustín Goiburú Giménez, Carlos José Mancuello,
Rodolfo Ramírez Villalba y Benjamín Ramírez Villalba y, si se encuentran sus restos,
entregarlos a la brevedad posible a sus familiares y cubrir los eventuales gastos de entierro
(punto resolutivo sexto de la Sentencia), el Estado informó que la Comisión de Verdad y
Justicia (CVJ) investigó –según las hipótesis que fueron surgiendo- diversos lugares donde
se practicaban detenciones ilegales, torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones
extrajudiciales. En el marco de la audiencia, resaltaron que desde 2007, a raíz de ciertos
testimonios, se fue “fortaleciendo la convicción de que en el Cuartel de la Ex Guardia de
Seguridad, Batallón 40, […] estaría concentrada una suma importante de posibles fosas
clandestinas del período 1954-1989”. Asimismo, que en virtud de unas denuncias radicadas
durante 2009, se inició una nueva investigación a cargo de tres fiscales integrantes de la
Unidad Especializada de Hechos Punibles contra los Derechos Humanos del Ministerio
Público, la que mediante Resolución N° 182 decidiera conformar un Equipo de Trabajo para
la búsqueda y localización de las víctimas desaparecidas, integrado por el Departamento de
Medicina Forense, el Ministerio Público y la Fiscalía de Medio Ambiente. Posteriormente los
fiscales a cargo de la investigación resolvieron ampliar dicha conformación, incorporándose
el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, el Ministerio de Justicia y Trabajo, la
Universidad Nacional de Asunción, el Ministerio del Interior, Dirección General de Verdad,
Justicia y Reparación y la Policía Nacional. Es así, que se logró el rescate de dos restos
humanos completos, “los cuales están en proceso de análisis e identificación plena”, aunque
se adelantó que se trata de dos personas de sexo masculino. Ello ha redundado en
“trazar[…] un primer plan de acción para precautelar, proteger e investigar […] un sector
importante [del predio] con el apoyo técnico […] correspondiente”, teniendo la referencia
importante –en virtud de ciertos testimonios- de dónde podrían hallarse los restos del señor
Goiburú. Sin embargo, “la tecnología para identificación por vía de ADN de los restos óseos
y [la toma de] muestras comparativas de los descendientes […] es un nivel de desarrollo
[con el] que hoy en día no contamos en el país”, por lo que se debe recurrir a cooperación
internacional. Al respecto, manifestó el Estado que se cuenta con la cooperación del equipo
antropológico del Estado argentino. Asimismo, actualmente se están realizando
excavaciones en otros dos puntos de una duración aproximada de tres semanas. Además,
informó que los peritajes de los antropólogos deben iniciarse en el plazo de 24 a 48 horas
de realizados los hallazgos. En conclusión, el Estado remarcó que la voluntad estatal de
proseguir con la búsqueda de los desaparecidos se evidencia por la articulación de las
diversas instituciones que conforman el ampliado Equipo de Trabajo.
28.
Que los representantes, por su parte, manifestaron durante la audiencia que “el
Estado paraguayo jamás inició ninguna búsqueda y localización de los desaparecidos”,