-20tuvieron la oportunidad de incluirla en su valoración probatoria en los alegatos finales ni orales ni escritos, por lo que introducirla ahora, genera una afectación a sus derechos procesales”. En los mismos términos, la Comisión señaló que dichos documentos se presentaron fuera de la oportunidad procesal para hacerlo y que lo anterior debe entenderse “sin perjuicio de la valoración que pueda hacer la Corte sobre aquellos documentos solicitados como prueba para mejor resolver”. Además, indicó que varios de los anexos “están dirigidos a cuestionar los listados de victimas de los representantes y del informe de la Comisión”. 57. En cuanto a los anexos de los alegatos finales de los representantes51, los mismos no fueron objetados por el Estado. La Corte los incorpora al expediente. En relación con los tres documentos en los cuales constan censos52, el Tribunal considera que dicha documentación es útil para la determinación de los listados de presuntas víctimas del caso, por lo que los incorpora al expediente en aplicación del artículo 58.b) del Reglamento. Dichos anexos serán valorados en conjunto con el acervo probatorio y en lo pertinente para el presente caso. Con respecto a los demás documentos, el Tribunal considera que la presentación de dichos documentos es extemporánea, por lo que no serán considerados en esta Sentencia. 58. Con respecto a los anexos a los alegatos finales escritos del Estado, el Tribunal señala que varios se refieren a diligencias y procedimientos judiciales relacionados con hechos que conforman el marco fáctico del caso53. Además, varios de esos documentos fueron solicitados por la Corte como prueba para mejor resolver. Por tanto, la Corte incorpora esos anexos al expediente de prueba en los términos del artículo 58.a) de su Reglamento, los cuales serán valorados en conjunto con el acervo probatorio y en lo pertinente para el presente caso. Por otro lado, en lo que se refiere a los documentos que pueden permitir aclarar la identidad de las personas que deben ser incluidas en el listado de presuntas víctimas del caso 54, el Tribunal los 51 Los documentos presentados por los representantes denominadas “Certificación integrantes Consejo Mayor” y “Certificación Personero Río Sucio” 52 Documentos: a) Censo personería Río Sucio; b) Censo programa para vivir mejor, y c) Censo Red de Solidaridad Social. 53 Esos documentos son: a) informe de la Fiscalía General de la Nación, sobre las versiones libres presentadas por desmovilizados de la FARC, que hicieron parte del Bloque José María Córdoba; b) Copia de la diligencia de declaración que rinde J.E.V.R. Romaña el día 3 de marzo de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; c) Copia de la diligencia de declaración juramentada que rinde J.E.V.R. Rornaña el día 05 de noviembre de 2008 ante la Fiscalía 14 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Bogotá D.C; d) Copia de la diligencia de inspección judicial realizada al lugar en donde fuera asesinado el señor Marino López realizada el 11 de abril de 2007 por la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; e) Copia de la diligencia de declaración que rinde el señor V.C. el día 11 de abril de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; f) Copia de la diligencia de declaración que rinde el señor Luis Aristarco Hinestrosa el día 13 de abril de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos internacional Humanitario; g) Copia de la diligencia de ampliación de declaración que rinde el señor J.A.Q. Aristarco el día 03 de marzo de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; h) Copia de la diligencia de declaración juramentada que rinde el señor Adan Quinto Aristarco el día 4 de noviembre de 2008 ante la Fiscalía 14 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Bogotá D.C; i) Copia de la diligencia de testimonio que rinde el señor Fredy Rendón Herrera el día 7 de noviembre de 2007 ante la Fiscalía 14 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Bogotá D.C; j) Copia de la diligencia de testimonio que rinde el señor Fredy Rendón Herrera el día 8 de octubre de 2008 ante la Fiscalía Delegada ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Medellín Antioquia; k) Copia de la indagatoria que rinde el señor Luis Muentes Mendoza el día 29 de agosto de 2008 ante la Fiscalía 14 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario, y l) Copia de la indagatoria que rinde el señor Diego Luis Hinestrosa Moreno el día 29 de agosto de 2008 ante la Fiscalía 14 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario. 54 Esos documentos son: a) inconsistencias presentadas en el listado definitivo aportado en el ESAP; b) Cruce de victimas con la Registraduría Nacional del Estado Civil; c) Cruce con el Sistema de Información de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación; d) Listado de las supuestas víctimas beneficiarias de medidas cautelares; e) Cruce con el primer listado presentado par la Unidad de Victimas; f) inconsistencias en los listados de la Comisión, el ESAP y medidas cautelares; g) Cruce realizado con base de datos la Unidad de Atención y Reparación a las Victimas (Digital); h) Listado. Resultado cruce entre el denominado Listado definitivo de victimas de asesinato de Marino López y la

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