-20tuvieron la oportunidad de incluirla en su valoración probatoria en los alegatos finales ni orales
ni escritos, por lo que introducirla ahora, genera una afectación a sus derechos procesales”. En
los mismos términos, la Comisión señaló que dichos documentos se presentaron fuera de la
oportunidad procesal para hacerlo y que lo anterior debe entenderse “sin perjuicio de la
valoración que pueda hacer la Corte sobre aquellos documentos solicitados como prueba para
mejor resolver”. Además, indicó que varios de los anexos “están dirigidos a cuestionar los
listados de victimas de los representantes y del informe de la Comisión”.
57. En cuanto a los anexos de los alegatos finales de los representantes51, los mismos no
fueron objetados por el Estado. La Corte los incorpora al expediente. En relación con los tres
documentos en los cuales constan censos52, el Tribunal considera que dicha documentación es
útil para la determinación de los listados de presuntas víctimas del caso, por lo que los
incorpora al expediente en aplicación del artículo 58.b) del Reglamento. Dichos anexos serán
valorados en conjunto con el acervo probatorio y en lo pertinente para el presente caso. Con
respecto a los demás documentos, el Tribunal considera que la presentación de dichos
documentos es extemporánea, por lo que no serán considerados en esta Sentencia.
58. Con respecto a los anexos a los alegatos finales escritos del Estado, el Tribunal señala que
varios se refieren a diligencias y procedimientos judiciales relacionados con hechos que
conforman el marco fáctico del caso53. Además, varios de esos documentos fueron solicitados
por la Corte como prueba para mejor resolver. Por tanto, la Corte incorpora esos anexos al
expediente de prueba en los términos del artículo 58.a) de su Reglamento, los cuales serán
valorados en conjunto con el acervo probatorio y en lo pertinente para el presente caso. Por
otro lado, en lo que se refiere a los documentos que pueden permitir aclarar la identidad de las
personas que deben ser incluidas en el listado de presuntas víctimas del caso 54, el Tribunal los
51
Los documentos presentados por los representantes denominadas “Certificación integrantes Consejo Mayor” y
“Certificación Personero Río Sucio”
52
Documentos: a) Censo personería Río Sucio; b) Censo programa para vivir mejor, y c) Censo Red de
Solidaridad Social.
53
Esos documentos son: a) informe de la Fiscalía General de la Nación, sobre las versiones libres presentadas por
desmovilizados de la FARC, que hicieron parte del Bloque José María Córdoba; b) Copia de la diligencia de declaración
que rinde J.E.V.R. Romaña el día 3 de marzo de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de
Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; c) Copia de la diligencia de declaración juramentada que
rinde J.E.V.R. Rornaña el día 05 de noviembre de 2008 ante la Fiscalía 14 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de
Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Bogotá D.C; d) Copia de la diligencia de inspección judicial
realizada al lugar en donde fuera asesinado el señor Marino López realizada el 11 de abril de 2007 por la Fiscalía 21
Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; e) Copia de la
diligencia de declaración que rinde el señor V.C. el día 11 de abril de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la
Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; f) Copia de la diligencia de declaración
que rinde el señor Luis Aristarco Hinestrosa el día 13 de abril de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la
Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos internacional Humanitario; g) Copia de la diligencia de ampliación de
declaración que rinde el señor J.A.Q. Aristarco el día 03 de marzo de 2007 ante la Fiscalía 21 Especializada adscrita a la
Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; h) Copia de la diligencia de declaración
juramentada que rinde el señor Adan Quinto Aristarco el día 4 de noviembre de 2008 ante la Fiscalía 14 de la Unidad
Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Bogotá D.C; i) Copia de la diligencia de
testimonio que rinde el señor Fredy Rendón Herrera el día 7 de noviembre de 2007 ante la Fiscalía 14 de la Unidad
Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Bogotá D.C; j) Copia de la diligencia de
testimonio que rinde el señor Fredy Rendón Herrera el día 8 de octubre de 2008 ante la Fiscalía Delegada ante la
Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario de Medellín Antioquia; k) Copia de la
indagatoria que rinde el señor Luis Muentes Mendoza el día 29 de agosto de 2008 ante la Fiscalía 14 Especializada de la
Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario, y l) Copia de la indagatoria que rinde el
señor Diego Luis Hinestrosa Moreno el día 29 de agosto de 2008 ante la Fiscalía 14 Especializada de la Unidad Nacional
de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario.
54
Esos documentos son: a) inconsistencias presentadas en el listado definitivo aportado en el ESAP; b) Cruce de
victimas con la Registraduría Nacional del Estado Civil; c) Cruce con el Sistema de Información de Justicia y Paz de la
Fiscalía General de la Nación; d) Listado de las supuestas víctimas beneficiarias de medidas cautelares; e) Cruce con el
primer listado presentado par la Unidad de Victimas; f) inconsistencias en los listados de la Comisión, el ESAP y
medidas cautelares; g) Cruce realizado con base de datos la Unidad de Atención y Reparación a las Victimas (Digital);
h) Listado. Resultado cruce entre el denominado Listado definitivo de victimas de asesinato de Marino López y la