35
voluntariamente
por
adquirir
la
nacionalidad
peruana
consecuentemente, renunciado a la nacionalidad chilena;
y,
c)
el delito de traición a la patria debe ser clasificado dentro de los delitos
“contra la seguridad exterior de la Nación”, en los cuales se “atenta
contra la soberanía, la independencia, la seguridad o el honor de la
Nación [...] en beneficio de una potencia extranjera”. El delito de
traición a la patria “es un delito especial, en el sentido que está
dirigido a una categoría particular de personas [...] es decir, es un tipo
penal dirigido a una persona que ostenta la nacionalidad del país”;
d)
el delito de traición a la patria, al que se refiere el Decreto-Ley No.
25.659, no tiene relación alguna con el delito del mismo nombre
definido en el Código de Justicia Militar peruano, pues el primero no se
refiere a conductas que stricto sensu constituyan actos de traición a la
patria, sino que tiene por objeto la represión del terrorismo, bajo un
falso nomen iuris, mientras que el delito que trata el Código de Justicia
Militar infringe el deber de lealtad de los nacionales a su propio país;
e)
el Decreto-Ley No. 25.659
podría ser visto como “un acto de fraude a la ley”, un acto que
pretende burlar o eludir el ámbito normal de aplicación del delito de
traición a la patria, para aplicarlo a personas a las que no se les puede
exigir, como en el caso de extranjeros, fidelidad a la patria, por no
estar obligados por ley a guardar lealtad a la Nación peruana.
98.
f)
es así como el Estado extiende la “aplicación de normas militares
excepcionales, aplicables sólo para casos de guerra contra un Estado
enemigo, para procesar y sancionar a extranjeros para los cuales no
fue concebida la Justicia Militar en este tipo de delito;” y
g)
el artículo 20 de la Convención no puede estar sujeto a suspensión de
conformidad con el artículo 27 de la misma, por lo cual no está
justificada la inobservancia del primero por parte del Estado.
Argumentos del Estado:
a)
el Perú tiene la “facultad soberana de investigar, procesar y condenar
a toda[s] aquella[s] persona[s] que dentro de su territorio cometa[n]
actos delictivos, más aún si estos actos constituyen graves atentados
de lesa humanidad”, como son los delitos de terrorismo agravado que
han causado graves pérdidas de vidas humanas y cuantiosos daños
materiales a lo largo de más de 10 años;
b)
los actos terroristas como los del MRTA, “al cual pertenecen los
ciudadanos chilenos”, han puesto en peligro el orden interno y la
seguridad del país. En el marco del Decreto-Ley No. 25.418 que
estableció el Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional, el
Perú tuvo la necesidad de adoptar el Decreto-Ley No. 25.475, penando
los delitos de terrorismo y definiendo los procedimientos para la
investigación, la instrucción y el juicio, así como el Decreto-Ley No.
25.659, el cual regula el delito de traición a la patria;
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