-8-
b) pagar al señor Oscar Alberto Mohamed las cantidades fijadas en los párrafos
171 y 177 de la Sentencia por concepto de indemnizaciones por daño material e
inmaterial, y reintegro de costas y gastos (punto dispositivo quinto).
3.
Dar por concluido el caso Mohamed, dado que la República Argentina ha dado
cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia emitida por la Corte el 23 de noviembre
de 2012.
4.
Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los
Estados Americanos por conducto del Informe Anual de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos del año 2015.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al
Estado, al representante de la víctima y a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos.
6.
Archivar el expediente del presente caso.
Humberto Antonio Sierra Porto
Presidente
Roberto F. Caldas
Manuel E. Ventura Robles
Diego García-Sayán
Alberto Pérez Pérez
Eduardo Vio Grossi
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Humberto Antonio Sierra Porto
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario