ii) Ministerio Público 47. En lo que respecta a la capacitación en el Ministerio Público, mediante un Oficio de la Directora de la Unidad de Capacitaciones del Ministerio Público (en adelante, “UNICAP”) de 23 de noviembre de 2020 57, se indica que recientemente, en el período de 1 de enero a 18 de noviembre del 2020, la UNICAP realizó capacitaciones en las modalidades presencial y virtual, relativas a los estándares en materia de prevención, sanción y erradicación de homicidios de mujeres, en las cuales participó personal profesional y técnico58, tanto de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio como de las Fiscalías de Distritos, Municipalidades y Especializadas de Guatemala59, así como de la Oficina de Atención a la Víctima, y de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas (en adelante “DICRI”). Los cursos impartidos, el número de participantes desagregado entre hombres y mujeres, número de sesiones, fechas de inicio y fin de tales capacitaciones fue también proporcionado por el Estado60. 48. La Corte observa que entre las partes no hay controversia respecto a que el personal de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio, así como de investigación criminal de la PNC y de procesamiento de escena del crimen e investigación criminalista de la DICRI asignado a tal fiscalía, ha recibido capacitación. Sin embargo, el Estado no acreditó haber implementado un programa permanente. Además, en virtud de que el personal técnico y profesional de las Fiscalías Distritales y Municipales de todo el país puede estar vinculado a la recepción de denuncias e investigación de hechos delictivos tipificados en la Ley contra el Feminicidio en los lugares en que el personal de la fiscalía especializada actúa solo en “Turno de Acompañamiento” (supra Considerando 17), este Tribunal considera necesario que Guatemala aclare si tales funcionarios también reciben capacitación permanente. 49. Por otra parte, en cuanto a la objeción de las representantes respecto a que la capacitación ha sido “insuficiente” porque “las Fiscalías y quienes son asignados en dichas agencias fiscales, en algunos casos hacen que el proceso de denuncia de violencia contra la mujer sea más complicado y burocrático, y persisten las actuaciones revictimizantes” (supra Considerandos 22 y 39), en lo concierne a la medida supervisada, la Corte resalta la importancia de la capacitación permanente a fin de erradicar tales prácticas, y por ello resulta relevante que el Estado aclare si estas hacen parte de un programa permanente que incluya tanto a Fiscalía Contra el Delito de Femicidio como a las Fiscalías de Distritos y Municipalidades. Otras acciones pueden Cfr. Oficio de la Directora de la Unidad de Capacitaciones del Ministerio Público de 20 de noviembre de 2020 (anexo a los informes estatales de 7 y 18 de diciembre de 2020). 58 Participaron fiscales, agentes, auxiliares oficiales fiscales, asesores legales, intérpretes, analistas, asistentes, oficinistas, personal de soporte técnico, notificadores, conductores de vehículo, mensajeros, médicos, psicólogos y trabajadores sociales, así como coordinadores y técnicos en investigaciones criminalistas y en escena del crimen, entre otros. 59 Fiscalías tales como de la Mujer, Contra el Crimen Organizado, Contra el Lavado de Dinero u otros activos, Derechos Humanos, Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal, Contra Secuestros, Contra el Delito de Extorsión, Contra el Ambiente, Delitos Administrativos, Delitos de Narcoactividad, Delitos Económicos, Delitos Electorales, Delitos Contra Patrimonio Cultura, Delitos Transnacionales, Contra la Impunidad (FECI), Liquidadora, Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, Delitos Contra la Vida y la Integridad de las Personas, y Unidad de Impugnaciones del Ministerio Publico. 60 Los cursos impartidos fueron los siguientes: 1) aportes teóricos-metodológicos para la atención de niñas, adolescentes y mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia contra la mujer durante la provisión de servicios fiscales, con base en los estándares del programa de servicios esenciales, con 63 participantes; 2) audiencia de primera declaración en casos de femicidio, con 163 participantes; 3) el litigio estratégico en casos de femicidio y muertes violentas de mujeres, con 122 participantes; 4) la función fiscal en los delitos cometidos contra las mujeres, con 95 participantes; 5) la investigación criminal del delito de femicidio y la debida diligencia, con 71 participantes, y 6) diplomado de justicia y atención integral para niñas y mujeres indígenas, en casos de violencia sexual, basado en género y trata de personas, con 10 participantes. 57 22

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