-3mayo de 2018, la Corte determinó que el Estado había dado cumplimiento al reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas ordenado en las Sentencias de ambos casos16. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humaons (en adelante “la Convenci��n”), “[l]os Estados Partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes”. Esta obligación incluye el deber del Estado de informar a la Corte sobre las medidas adoptadas para cumplir cada uno de los puntos ordenados por ésta, lo cual es fundamental para evaluar el estado de cumplimiento de la Sentencia en su conjunto 17. Los Estados Parte en la Convención deben garantizar el cumplimiento de las disposiciones convencionales y sus efectos propios (effet utile) en el plano de sus respectivos derechos internos. Estas obligaciones deben ser interpretadas y aplicadas de manera que la garantía protegida sea verdaderamente práctica y eficaz, teniendo presente la naturaleza especial de los tratados de derechos humanos18. 3. En la presente Resolución, la Corte se pronunciará únicamente sobre las medidas relativas a realizar la publicación y difusión de las Sentencias de ambos casos (infra Considerando 4). En posteriores resoluciones, el Tribunal se pronunciará sobre las demás medidas de reparación. A. Medidas ordenadas por la Corte 4. En el punto dispositivo octavo y en el párrafo 279 de la Sentencia del caso Pollo Rivera y otros, el Tribunal dispuso que el Estado debía publicar: “a) el resumen oficial de la […] Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el diario oficial ‘El Peruano’ y en un diario de amplia circulación a nivel nacional; b) la […] Sentencia en su integridad, disponible al menos por un período de un año, en un sitio web oficial del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, de manera accesible al público”. Asimismo, en el punto dispositivo décimo y en el párrafo 200 de la Sentencia del caso Lagos del Campo, el Tribunal ordenó al Estado publicar, “a) el resumen oficial de la […] Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el Diario Oficial en un tamaño de letra legible y adecuado; b) el resumen oficial de la Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en un diario de amplia circulación nacional en un tamaño de letra legible y adecuado, y c) la […] Sentencia en su integridad, disponible por un período de un año, en un sitio web oficial, de manera accesible al público y desde la página de inicio del sitio web”. Para cumplir con dichas medidas, en ambas Sentencias la Corte otorgó un plazo de seis meses a partir de su notificación. B. Consideraciones de la Corte indemnización por daños materiales e inmateriales (punto dispositivo décimo primero de la Sentencia), y c) realizar el reintegro de costas y gastos (punto dispositivo décimo primero de la Sentencia). 16 Cfr. Casos Pollo Rivera y otros y Lagos del Campo Vs. Perú. Reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 30 de mayo de 2018, disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/pollo_lagos_fv_18.pdf. 17 Cfr. Caso Cinco Pensionistas Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 2004, Considerando 5, y Caso Barrios Altos y Caso La Cantuta Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 30 de mayo de 2018, Considerando 2. 18 Cfr. Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Competencia. Sentencia de 24 de septiembre de 1999. Serie C No 54, párr. 37, y Caso Barrios Altos y Caso La Cantuta Vs. Perú, supra nota 17, Considerando 2.

Select target paragraph3