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cumplidos algunos de los puntos ordenados en dichos fallos 14. Asimismo, en los casos de la
Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, Vargas Areco y Valle Jaramillo, como
consecuencia de la celebración de audiencias de supervisión de cumplimiento, la disposición
al diálogo manifestada durante éstas por los respectivos Estados de Nicaragua, Paraguay y
Colombia, y la posterior concertación entre las partes en cada caso, se dieron avances
significativos en el cumplimiento de los fallos respectivos 15. En efecto, la Sentencia del caso
de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni fue cumplida por Nicaragua en su
totalidad 16.
14.
Cabe señalar que, en respuesta a esta práctica, la Asamblea General de la OEA ha
reafirmado la importancia de “la celebración de audiencias de supervisión del cumplimiento
de sentencias, por ser uno de los mecanismos desarrollados más efectivos para avanzar en
el cumplimiento de las mismas” 17. Es así que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
14
En el caso Gómez Palomino los restos mortales del señor Santiago Gómez Palomino fueron localizados y
entregados a sus familiares después de casi 20 años de su desaparición forzada. Además, se efectuó la publicación
dispuesta del fallo en un diario de circulación nacional y se realizó una parte de los pagos dispuestos en la
Sentencia. La Corte declaró cumplidas dichas órdenes de la Sentencia. Cfr. Caso Gómez Palomino Vs. Perú.
Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 18 de
octubre de 2007, Considerandos sexto a undécimo; Caso Gómez Palomino Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento
de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 1 de julio de 2009, Considerandos
octavo a cuadragésimo; Caso Gómez Palomino Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución del
Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ejercicio para el caso de 21 de diciembre de 2010,
Considerandos trigésimo tercero a trigésimo séptimo; Caso Gómez Palomino Vs. Perú. Supervisión de
Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 5 de julio de 2011,
Puntos Declarativos primero y segundo, y Caso Gómez Palomino Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 13 de febrero de 2013, Considerandos
sexto al décimo quinto.
En el caso De la Cruz Flores se realizó la publicación del fallo en el Diario Oficial y la Corte declaró cumplido dicho
punto de la Sentencia. Cfr. Caso De la Cruz Flores Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 1 de septiembre de 2010, Punto Declarativo primero; Caso
De la Cruz Flores Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Presidenta de Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 21 de diciembre de 2009, Considerandos vigésimo segundo a vigésimo
quinto.
15
En el caso Valle Jaramillo las partes alcanzaron un acuerdo para implementar la medida de reparación
concerniente al otorgamiento de una beca para realizar estudios o capacitarse en un oficio, y dicho acuerdo fue
considerado procedente por el Tribunal. Cfr. Caso Valle Jaramillo Vs. Colombia. Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 28 de febrero de 2011, Considerandos
trigésimo cuarto a trigésimo séptimo, y Caso Valle Jaramillo Vs. Colombia. Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 15 de mayo de 2011, Considerandos
sexto a undécimo.
En el caso Vargas Areco las partes alcanzaron un acuerdo de pago de los intereses moratorios adeudados, una vez
hechos los pagos, la Corte dio por cumplido el punto. Cfr. Caso Vargas Areco Vs. Paraguay. Supervisión de
Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de noviembre de
2010, Considerando trigésimo noveno, y Caso Vargas Areco Vs. Paraguay. Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012,
Considerandos vigésimo primero a vigésimo cuarto.
16
En el caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, el Estado asumió una serie de compromisos
dirigidos a la ejecución del único punto resolutivo pendiente de cumplimiento, lo cual resultó en el cumplimiento de
la totalidad de la Sentencia y el archivo del caso. Cfr. Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni Vs.
Nicaragua. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos de 3 de abril de 2009, Puntos Resolutivos primero y segundo.
17
Cfr. Asamblea General, “Observaciones y Recomendaciones al Informe Anual de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos”, Resolución AG/RES. 2500 (XXXIX-O/09), aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada
el 4 de junio de 2009, Punto Resolutivo quinto; “Observaciones y Recomendaciones al Informe Anual de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos”, Resolución AG/RES. 2587 (XL-O/10), aprobada en la cuarta sesión
plenaria, celebrada el 8 de junio de 2010, Punto Resolutivo quinto; “Observaciones y Recomendaciones al Informe
Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, Resolución AG/RES. 2652 (XLI-O/11), aprobada en la