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verificar los cambios ocurridos a raíz de la llegada de nuevos colonos 134. Una vez obtenidos los
resultados, se llevó a cabo el 16 de diciembre de 1996 una reunión entre el Ministro y Vice Ministro de
Gobierno y Justicia, la Gobernadora de la Provincia de Panamá, el Alcalde de Chepo y los
representantes de la Comarca Kuna de Madungandí. En dicha oportunidad, se concluyó:
Mantener el compromiso de respetar la Ley No. 24 de 1996, al igual que examinar la aplicación del
acuerdo a que se refiere dicha ley en el artículo 21 de establecer su cumplimiento.
El Gobierno se comprometió a realizar las diligencias y esfuerzos legales con el fin de que las
personas identificadas como colonos, que ilegalmente se encontraban dentro de la comarca,
135
fueran desalojadas el 30 de enero de 1997 .
116.
En seguimiento a este acuerdo se realizó una nueva reunión en diciembre de 1997 en el
Concejo Municipal de Chepo. En presencia de distintas entidades estatales -como Reforma Agraria,
136
INRENARE e IRHE- líderes indígenas dieron a conocer la continuidad de la situación .
117.
Frente a la permanencia de la invasión de colonos y el sistemático incumplimiento por
parte del Estado de los acuerdos alcanzados, el 13 de junio de 1999, el Congreso General Kuna
Extraordinario de Madungandí emitió la Resolución N 1 en la cual se dispone:
Exigir a las autoridades panameñas el cumplimiento de la Ley 24 de 1996, sujeta a las siguientes
acciones: (…)
2. A los colonos
a. Desalojo total de los colonos que se encuentran dentro de la Comarca Kuna de Madugandi por
el incumplimiento de los acuerdos pactados entre las autoridades de Madugandi y colonos, y sobre
todo la Ley 24 de 12 de enero de 1996.
b. Determinar la autoridad de la corregiduría, alcaldía, gobernación que serán encargada de velar
137
por el cumplimiento de los acuerdos pactados .
118.
Luego de dicha resolución, se realizó una reunión el 21 de julio de 1999 en la Dirección
Nacional de Política Indigenista, con la presencia de la Autoridad Nacional del Ambiente, el Alcalde de
Chepo, la Dirección de Reforma Agraria, la Gobernación de Panamá, entre otras entidades. El propósito
era “buscar una solución definitiva ante el conflicto de tierra entre la etnia indígena Kuna de Madungandí
los Campesinos emigrantes de las provincias centrales, asentándose en las Comunidades de Wacuco,
138
Loma Bonita y Curtí” .
119.
Posteriormente, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del “Programa de
Desarrollo Sostenible de Darién” financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo, llevó a cabo el
139
proyecto de “Mesas de Concertación de Zona Bayano” . En el marco de este programa se realizaron
134
Anexo 11. Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. p. 28.
Anexo 31 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000.
135
Anexo 11. Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. p. 28.
Anexo 31 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000.
136
En particular, el entonces Cacique General de la Comarca, José Oller, expresó que: “los problemas se han agravado
porque los colonos están construyendo casas de concreto dentro de las tierras de la Comarca, además de afectar la producción
indígena quemando cafetales, cortando los plátanos y siembras de árboles frutales, y de otras violaciones a los acuerdos suscritos
como el uso de medios mecanizados en sus cultivos, (…) destruyendo las cercas de alambre por los lados de Wacuco”. Anexo 11.
Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. p. 29. Anexo 31 de la petición
inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000.
137
Anexo 37. Resolución N 1 del Congreso General Kuna Extraordinario de Madungandi de fecha 13 de junio de 1999.
Anexo E del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de
2009.
138
Anexo 38. Acta de reunión celebrada el día 21 de julio de 1999 en la Dirección Nacional de Política Indigenista. Anexo
del escrito del Estado de fecha 9 de julio de 2001, recibido por la CIDH el 13 de julio de 2001.
139
Anexo 11. Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. Anexo
31 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 3.