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Artículo 2. Las tierras descritas en el artículo anterior son de propiedad colectiva de la Comarca
Kuna de Madungandi, cuya tenencia, conservación y uso, se reglamentará de acuerdo con la
Constitución Política, las leyes nacionales vigentes y las disposiciones de la presente ley.
El subsuelo, que pertenece al Estado conforme al Artículo 254 de la Constitución Política, podrá
ser explotado en la forma que determina el numeral 5 del precitado artículo, las leyes que rigen la
materia y mediante acuerdo de las autoridades y comunidades de la Comarca Kuna de
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Madungandi (Congreso General) .
113.
El artículo 21 de dicha ley estableció lo siguiente: “Se respetará el Acuerdo del 31 de
marzo de 1995, suscrito entre indígenas y campesinos que habitan la Comarca Kuna de Madugandi y
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refrendado por las autoridades del Gobierno nacional” .
5.
Mesas de Concertación del Programa de Desarrollo Sostenible del Darién y nueva
Comisión Intergubernamental (1996 – 2001)
114.
A pesar de la aprobación de la Ley No. 24 continuó la invasión en territorios de la
132
Comarca . Ello llevó a que, en agosto 1996, miembros del pueblo Kuna de Madungandí obstaculizaran
la Carretera Panamericana, lo que desencadenó en un enfrentamiento con la Policía Nacional, con el
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resultado de varias personas heridas .
115.
En vista de ello, el 8 y 29 de agosto de 1996 se convocó a indígenas y campesinos a
reuniones en las instalaciones del IRHE, en las que se acordó crear una Comisión Interinstitucional para
…continuación
Panamericana hacia Darién hasta el puente sobre el río Wacuco o Dianwardumad, identificado como punto No. 14. De este punto
se sigue por el río o Dianwardumad, aguas abajo, y a una distancia de 70 metros se llega a la trocha, identificado como punto No.
15. De aquí se sigue por dicha trocha en dirección Sur 71 Este y a una distancia de 11.1 Kms. se llega al punto No. 16, ubicado en
el río Playa Chuso o Dibirdirrale. De este punto con rumbo Sur 79 Este y a una distancia de 9 kms. se llega al punto No. 17. De
aquí se sigue por dicha trocha en dirección Sur 39 Este y a una distancia de 3.1 Kms., se llega al punto No. 18. De este punto con
rumbo Sur franco, a una distancia de 600 metros, se llega al Punto No. 19, ubicado en la quebrada Higueronal o Dirudi. De este
punto a una distancia aproximada de 5.1 Kms., se llega al punto No. 20, ubicado en la intersección con el camino que conduce del
poblado de La Ocho a Pingadicito. De este punto con rumbo Norte 66 Este, a una distancia de 5.5 kms., se llega al punto No. 21,
ubicado en el río Pingadicito. De este punto siguiendo la trocha en dirección Noreste, pasando el río Pingandi, se llega al punto No.
22. De este punto con rumbo Norte 36 Este, se llega al punto No. 23, ubicado a una distancia de 400 metros del camino, que
comunica a los pueblos Sábalo y Wala. De este punto, con dirección Norte 85 Este, se llega al punto No. 24, ubicado sobre el
camino que va de Sábalo a Wala. De este punto en dirección Sur 60 Este, se recorre una distancia aproximada de 2.6 Kms. hasta
el punto No. 25, ubicado sobre el camino que va de Sábalo a Wala. Siguiendo el camino encontramos el punto No. 26, ubicado en
los límites de las provincias de Darién y Panamá. De allí se continúa por dicho límite en dirección Norte hasta el punto No. 27,
ubicado en la serranía de San Blas. De aquí se sigue en dirección Noroeste por todo el límite de San Blas y la provincia de
Panamá, hasta el punto No. 28, ubicado al Norte del río Espavé o Bunorgandi. De aquí se sigue con rumbo Sur franco hasta la
cabecera del río Espavé o Bunorgandi, luego por dicho río, aguas abajo, recorriendo una distancia, desde la serranía, de 9.9 kms.,
para llegar al punto No. 29. De este modo, con rumbo Sur 47 Oeste, a una distancia aproximada de 5 kms., se llega al punto No.
30 en el río Playita o Dinalugandi. De este punto, con rumbo Sur 82 Oeste, a una distancia aproximada de 4.1 Kms., se llega al
punto No. 31, ubicado en el río Chuluganti. De aquí se sigue por dicho río, aguas abajo, hasta el punto No. 32, ubicado en la
desembocadura de la quebrada Emilio o Acuasibudian en el lago Bayano. De este punto se sigue el contorno del lago en dirección
a la presa Viejo Pedro, a una distancia aproximada de 3.7 Kms, hasta llegar al punto No. 33, ubicado en la desembocadura de la
quebrada Emilio o Acuasibudian en el lago Bayano. De este punto en línea recta al punto No. 1, que sirvió de partida para esta
descripción.
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Anexo 5. Ley No. 24 del 12 de enero de 1996. Anexo 11 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo
de 2000; Anexo de escrito presentado por los peticionarios el 19 de enero de 2001; y Anexo 15 de la comunicación del Estado de
fecha 29 de junio de 2001.
131
Anexo 21. Resumen ejecutivo de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. Anexo 31 de la
petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 6.
132
Anexo 21. Resumen ejecutivo de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. Anexo 31 de la
petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 5.
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Anexo 36. Nota titulada “Choque armado entre Indios y Policías” Periódico Crítica, 7 de agosto de 1996;
“Defenderemos a muerte la Comarca”, La Prensa, 8 de agosto de 1996; “Indígenas denuncian maltrato de policías y firman tregua”,
El Universal de Panamá, 10 de agosto de 1996. Anexos 47, 48 y 49 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo
de 2000, respectivamente.