RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 27 DE ENERO DE 2009
MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE VENEZUELA
ASUNTO LUIS UZCÁTEGUI
VISTOS:
1.
La Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la
Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) de 27 de noviembre de 2002, relativa
a las medidas provisionales solicitadas por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) respecto de la
República Bolivariana de Venezuela (en adelante “el Estado” o “Venezuela”) a favor de
Luis Enrique Uzcátegui Jiménez (en adelante “el señor Uzcátegui” o “el beneficiario”),
mediante la cual resolvió:
1.
Requerir al Estado que adopt[ara], sin dilación, cuantas medidas [fueran] necesarias
para proteger la vida e integridad personal del señor Luis Enrique Uzcátegui Jiménez.
2.
Requerir al Estado que d[iera] participación a los peticionarios en la planificación e
implementación de las medidas de protección y que, en general, los mant[uviera] informados
sobre el avance de las medidas dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
3.
Requerir al Estado que investig[ara] los hechos denunciados que dieron origen a las
presentes medidas con la finalidad de descubrir a los responsables y sancionarlos.
2.
Las Resoluciones de la Corte de 20 de febrero de 2003, 2 de diciembre de 2003 y
4 de mayo de 2004, mediante las cuales declaró, inter alia, que el Estado “no ha[bía]
implementado efectivamente las medidas provisionales” y se reiteraron dichas medidas
en favor del beneficiario.
3.
Los escritos de 10 de febrero, 25 de abril y 28 de octubre de 2005; 16 de enero,
28 de junio y 5 de diciembre de 2006; 28 de mayo y 13 de agosto de 2007; 30 de junio,
8 de agosto, 11 de agosto y 17 de diciembre de 2008, mediante los cuales el Estado
informó sobre el cumplimiento de las medidas provisionales declaradas a favor del señor
Uzcátegui.
4.
Los escritos presentados por los representantes del señor Uzcátegui (en adelante
“los representantes”) el 7 de marzo, 27 de mayo y 7 de diciembre de 2005; 23 de
febrero, 31 de marzo, 22 de agosto y 9 de febrero de 2006; 4 de julio y 17 de
septiembre de 2007; 5 de agosto y 9 de septiembre de 2008, y 16 de enero de 2009,
mediante los cuales remitieron sus observaciones a los informes estatales mencionados.