III. Consideraciones finales
28. Las razones expuestas demuestran que al no haberse adoptado providencias para evitar
que un mismo juez conociera los antecedentes del hecho punible y la participación del Sr.
Scot Cochran en el mismo y posteriormente, resolviera acerca de su culpabilidad en el juicio
de fondo, el Estado violó la garantía de imparcialidad del tribunal reconocida en el artículo
8.1 de la CADH. En efecto, en este caso, el juez que resolvió la apelación, confirmando la
mantención de la prisión preventiva, claramente consideró la existencia de antecedentes
probatorios recabados durante la etapa investigativa, vinculados a la participación del señor
Scot Cochran en el hecho punible. Evidentemente, ello torna extremadamente sutil la
diferencia entre los elementos tenidos en cuenta al decidir sobre la medida cautelar en
relación con aquellos valorados para emitir la sentencia de fondo.
29. Resulta incorrecto fundar la decisión para no declarar tal violación en el precedente del
caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica, pues el 7 de noviembre de 2022 la Corte había
reevaluado el estándar en la materia en el caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México
señalando que los jueces que conocen de las medidas cautelares y del fondo de un caso
deben ser diferentes.
30. Abona la conclusión anterior la circunstancia de que la sentencia recomiende al Estado
que “en vista de la situación [que un mismo juez hubiese participado en la decisión de la
prisión preventiva y en el fondo] corresponde al Estado adoptar las previsiones necesarias
para reforzar en mayor medida la garantía del juez imparcial” 36. A nuestro entender, habría
sido mejor y más claro de cara a la subsanación de este problema estructural, declarar
directamente la violación de la garantía en cuestión.
31. Como dijera Lord Hewart, «no solo debe hacerse justicia, sino que se debe advertir
manifiesta e indudablemente que se hace justicia» 37. En este sentido, las formas importan.
La participación de un juez en las condiciones ya referidas puede empañar la percepción que
respecto de la imparcialidad del tribunal debe tener no solo el justiciable, sino la sociedad en
su conjunto.
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez
Patricia Pérez Goldberg
Jueza
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
36
Párrafo 125.
37
Rex v. Sussex Justices, [1924] 1 KB 256. La traducción es nuestra.
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