- 70 Estado violó el principio del plazo razonable, establecido en el artículo 8.1 y el derecho la
propiedad privada, consagrado en el artículo 21, ambos en relación con el artículo 1.1, todos de
la Convención Americana, en perjuicio de los señores Pablo y Carlos Mémoli.
*
184. Por otra parte, en sus alegatos los representantes hicieron referencia al incumplimiento
de determinados plazos en el proceso penal por injurias seguido en su contra312. No obstante,
no realizaron ninguna solicitud específica al respecto. La Corte nota que las sentencias de
primera y segunda instancia en el proceso penal se emitieron luego de dos y tres años de
iniciado el proceso, respectivamente, y que la decisión adquirió firmeza en un total de
aproximadamente cinco años313. De la información aportada al Tribunal no se desprende una
afectación a la garantía del plazo razonable en el referido proceso penal. Por tanto, este
Tribunal no considera necesario pronunciarse sobre la duración del proceso penal.
185. Asimismo, además de las violaciones a la libertad de expresión alegadas en virtud del
proceso penal (supra párrs. 114 y 115), la Comisión y los representantes alegaron que se había
violado la libertad de expresión en virtud de la duración del proceso civil. Al respecto, la Corte
recuerda que en el presente caso concluyó que la condena penal contra las presuntas víctimas
no constituía una violación a la libertad de expresión (supra párr. 149), por lo cual no
corresponde analizar los alegatos relativos a una presunta violación de la libertad de expresión
por la demora en el proceso civil.
B.
Otras violaciones alegadas por los representantes sobre los procesos
judiciales
B.1) Argumentos de la Comisión y de las partes
186. La Comisión concluyó en su Informe de Fondo que las presuntas víctimas no habían
probado la violación del artículo 8 de la Convención, con relación a las alegadas irregularidades
en el proceso penal ni en el proceso civil.
187. Los representantes alegaron una serie de irregularidades presuntamente cometidas en el
proceso penal y en el proceso civil llevado en su contra. Sobre el proceso penal, señalaron que
“la Cámara Penal creó y/o fijó una nueva audiencia para que aleg[ara] por segunda vez el
querellante”, en violación al artículo 423 del Código de Procedimiento Penal, y que durante
dicha audiencia “hubo réplica pero no duplica”, por lo que “[n]o hubo posibilidad de ejercer el
derecho a la defensa”314. Asimismo, indicaron que tuvieron que pagar “2000 dólares de la
época, a la orden de la Corte bajo pena de ejecución”, tras haber interpuesto un recurso de
queja ante la Corte Nacional que fue declarado inadmisible. Al respecto, alegaron que “el
sistema de justicia debería ser libre e irrestricto para cualquier ser humano, tenga o no dinero”.
En suma, indicaron que, estas irregularidades “demuestra[n] la arbitrariedad y parcialidad de
312
En este sentido, los representantes indicaron que “el juez penal de primera instancia tardó un año en dictar
sentencia. Exactamente lo mismo ocurrió con la Cámara Penal, la Corte Provincial y la Corte Nacional”.
313
En particular, la sentencia de primera instancia fue emitida en un lapso de aproximadamente dos años y siete
meses, la de segunda instancia un año después de la primera. Posteriormente, la Sala tomó cuatro meses en otorgar
un recurso de nulidad e inaplicabilidad, convertido en inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la
Provincia de Buenos Aires, la cual negó el mismo en aproximadamente ocho meses. El recurso extraordinario federal
interpuesto se negó en un mes y al año se resolvió un recurso de queja y reposición posterior (supra párrs. 74, 75,
86, 89 a 90).
314
Al respecto, indicaron que la abogada de Carlos Mémoli “fue notificada el día anterior y asistió pero no la
dejaron expresarse”, mientras que “Pablo Mémoli, que se defend[ía] por derecho propio no le dieron la oportunidad
de estar [presente]”.
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