33
Artículo 191 – Nulidades absolutas – serán consideradas nulidades absolutas aquellas concernientes
a la intervención, asistencia y representación del imputado en los casos y formas que este Código
establezca, o las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales
previstos en este Código, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y
tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República 115.
92.
La primera solicitud de nulidad fue presentada por la defensa el 4 de octubre de
2005 ante el Juzgado Vigésimo Quinto (supra párr. 59), en el cual se solicitó la nulidad
“de todos los actos adelantados por [el] Ministerio Público” 116. Los fundamentos de
dicho recurso fueron que: i) “[e]l […] Fiscal General […] public[ó] un libro cuyo título
es ‘Abril comienza en octubre’”; ii) el Fiscal se habría referido en su libro acerca de
ciertas versiones de una persona según las cuales el señor Brewer sería el autor del
“Decreto Carmona”; iii) “el Fiscal General […] en su libro da[ría] por sentado,
admit[iría], afirm[aría] […] que [su] representado supuestamente habría estado en
una reunión donde no estuvo, habría estado redactando juntos con otras personas con
quienes nunca se ha reunido, un documento que no redactó”; iv) “la publicación y
referencia a[l señor] Brewer Carías - a un caso en el cual la Fiscalía lo ha imputado-,
que hace el […] Fiscal General […] en su libro […] constitu[iría] una clara y flagrante
violación del derecho a la presunción de inocencia de [su] defendido, así como de
todos los principios del proceso penal acusatorio”; v) “[s]ería ingenuo que el Fiscal
General […] se amparara y excusara de su […] conducta sosteniendo que lo que
aparece publicado bajo su firma es una referencia a lo que dice Rafael Poleo”; vi) “la
investigación del presente caso ha sido adelantada por un ente cuyo máximo jerarca
est[aría] absolutamente parcializado”, y vii) habrían sido vulnerados “el derecho a la
defensa, [a la] presunción de inocencia y el […] proceso debido, todos de rango
constitucional, lo que produc[iría] como consecuencia la nulidad de todos los actos
adelantados por el Ministerio Público”.
93. El segundo escrito –de 523 páginas- fue presentado por la defensa el 8 de
noviembre de 2005 ante el Juez Vigésimo Quinto, como respuesta a la acusación de 21
de octubre de 2005 (supra párr. 68). En dicho escrito la defensa rechazó “en todas sus
partes, tanto en los hechos como en el derecho, la acusación”. Las solicitudes en dicha
oportunidad fueron que 117: i) se “declare la nulidad de todas las actuaciones que
conforman la investigación adelantada por el Ministerio Público, así como el acto
conclusivo”; ii) subsidiariamente que se “declaren con lugar las excepciones opuestas”;
iii) “sean rechazadas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público”; iv) “sean
admitidas todas las pruebas que […] ofreci[eron]”, y v) “el enjuiciamiento de[l señor
Brewer] se haga en absoluta libertad”. La solicitud de nulidad absoluta se fundamentó
principalmente en:
i)
ii)
iii)
la negativa de diligencias solicitadas por la defensa;
la alegada violación del derecho a la defensa y del principio de presunción
de inocencia al presuntamente invertir la carga de la prueba y al utilizar
testimonios referenciales;
la supuesta violación del derecho a la defensa y el principio de contradicción
relacionados con “la práctica mediatizada de diligencias de investigación”;
115
Artículos 190 y 191 del Código Procedimiento Penal de Venezuela (expediente de anexos a la
contestación, tomo I, folio 20631).
116
Escrito presentado por la defensa el 7 de octubre de 2005 ante el Juez Vigésimo Quinto (expediente
de anexos a la contestación, anexo 1, pieza 13, folio 14107 a 14128).
117
Escrito de la defensa ante el Juzgado Vigésimo Quinto de 8 de noviembre de 2005 (expediente de
anexos a la contestación, anexo 1, pieza 15, folio 15195).