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24.
Los representantes solicitaron que: i) que “se desestime la recusación de jueces
de la Corte y de su Secretario, al igual que la impugnación de la excusa del honorable
Juez Eduardo Vio Grossi, por invocarse erróneamente como excepciones preliminar y
por haberse resuelto previamente dichas incidencias por parte de la Corte
Interamericana”, y ii) que “se desestime la excepción de no agotamiento de los
recursos internos”. Al respecto, argumentaron que esta última excepción era “ser
extemporánea al no haberse invocado adecuadamente en el primer momento procesal
oportuno ante la Comisión Interamericana”. Agregaron que dicha excepción debía ser
rechazada de manera “[a]dicional y subsidiariamente, por incumplimiento de las reglas
de distribuci��n de la carga de la prueba que imponen al Estado, al momento de invocar
la excepción preliminar de falta de agotamiento de los recursos internos, [puesto que
no habría] indica[do]: a) los recursos internos que debían haberse agotado y, b) la
eficacia de esos recursos. […] Adicional y subsidiariamente, por no estar obligado el
profesor Brewer Carías a agotar los recursos internos en virtud del artículo 46(2) de la
Convención Americana [...] En subsidio de todo lo anterior, por haber agotado el
profesor Brewer Carías todos los recursos efectivamente disponibles para su defensa”.
25. Los representantes argumentaron que la presunta víctima “acudió repetidamente
al juez provisorio de Control y al Tribunal de Apelaciones para solicitar que se
restablecieran sus derechos”. También señalaron que al contestar la acusación se
denunció la violación de las garantías judiciales del señor Brewer Carías, solicitando “la
declaratoria de nulidad de todo lo actuado a causa de dichas violaciones”. Indicaron
que dicho recurso de nulidad no ha sido resuelto “hasta la fecha”, lo cual “hace
imposible que la mencionada solicitud de nulidad pueda ser eficaz”.
26. Los representantes alegaron que lo que se objeta en este caso “es una
investigación y una acusación penal absolutamente infundada, que es parte de un
linchamiento moral y político”, razón por la cual “no tiene sentido especular en torno a
un eventual recurso de apelación o incluso de casación; [ya que] esos recursos
s[ería]n adecuados para otra cosa”. Igualmente, señalaron que “la argumentación del
Estado implica que la [presunta] víctima no puede obtener el amparo que la
Constitución y la Convención le garantizan sin antes abandonar su derecho a la libertad
personal y entregarse en manos de sus perseguidores, que ejecutarían de inmediato la
ilegal orden de captura que pesa en […] contra” del señor Brewer Carías. Agregaron
que “el Estado pretende que, como precio para poder agotar los recursos internos, el
[señor] Brewer sacrifique su libertad personal, sometiéndose al arbitrio de tribunales
que carecen de independencia e imparcialidad, y al trato inhumano y degradante que
implica el encierro en prisiones sin luz natural y sin ventilación, como ya ha tenido la
oportunidad de constatar este […] Tribunal”. Indicaron que no puede reprochársele al
señor Brewer “que estando fuera del país, protegiera esa libertad por sí mismo,
demorando su regreso, puesto que el Estado le negaba esa protección y lo
amenazaba”. Manifestaron que el señor Brewer siente “un fundado temor de que el
ejercicio de los recursos jurisdiccionales pueda poner en peligro el ejercicio de sus
derechos”.
27. Sobre la ausencia de la presunta víctima en la audiencia preliminar, los
representantes alegaron que ello no impide la resolución del recurso de nulidad,
considerando que el derecho del acusado a no ser enjuiciado en ausencia constituye
“una garantía procesal que debe ser entendida siempre a favor del imputado o acusado
y nunca en su contra”. Alegaron que “los actos procesales que no se pueden realizar
sin la presencia [de la presunta víctima] son aquellos que impliquen su juzgamiento,
entre los cuales se encuentran la audiencia preliminar y el juicio oral y público [lo que]