7 24. En la Resolución adoptada por la Presidencia el 14 de julio de 2016 (supra Visto 3), se resolvió declarar procedente la solicitud realizada por la presunta víctima, a través de sus representantes, para acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana, de modo que se otorgaría la asistencia económica necesaria para la presentación de una declaración y un peritaje, ya sea en audiencia o por affidávit19. Corresponde seguidamente precisar el monto, destino y objeto específicos de dicha asistencia. 25. El Presidente dispone que la asistencia económica será asignada para cubrir los gastos de viaje y estadía necesarios para que la presunta víctima el señor Lagos del Campo comparezca ante el Tribunal a rendir su declaración en la audiencia pública por celebrarse en el presente caso. Adicionalmente, se cubrirán los gastos razonables de formalización y envío del affidávit del perito Carlos Alberto Jibaja Zárate ofrecido por los representantes. Los representantes deberán remitir a la Corte la cotización del costo de la formalización de la declaración jurada en el país de residencia del perito y de su envío, en el plazo establecido en la parte resolutiva de esta decisión. 26. La Corte realizará las gestiones pertinentes y necesarias para cubrir los costos de traslado, alojamiento y manutención de dicho compareciente en la audiencia pública con recursos provenientes del Fondo de Asistencia de la Corte. 27. Finalmente, el Presidente recuerda que, según el artículo 5 del Reglamento del Fondo, se informará oportunamente al Estado demandado acerca de las erogaciones realizadas en aplicación del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, para que presente sus observaciones, si así lo desea, dentro del plazo que se establezca al efecto. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 4, 15.1, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46 a 48, 50 a 56 y 60 del Reglamento, RESUELVE: 1. Convocar al Estado, a los representantes y a la Comisión Interamericana a una audiencia que se celebrará el día 14 de febrero de 2017, a partir de las 9:00 horas del día, durante el 117 Periodo ordinario de Sesiones, por realizarse en la Sede del Tribunal, en San José, Costa Rica, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en los términos del artículo 51 del Reglamento, así como las declaraciones de las siguientes personas: A. Presunta víctima Propuesta por los representantes 1. Alfredo Lagos del Campo, quien declarará sobre: a) las acciones inmediatamente realizadas tras su alegado despido; b) las acciones iniciales 19 Cfr. Resolución del Presidente de la Corte de 14 de julio de 2016, resolutivo primero, disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/lagos_fv_16.pdf

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