descritos en el Informe de Fondo3.
3.
Solicitudes de la Comisión Interamericana. – La Comisión solicitó a este Tribunal que
concluya y declare la responsabilidad internacional del Estado por las violaciones contenidas en el
Informe de Fondo y que ordene a Argentina, como medidas de reparación, las recomendaciones
incluidas en el mismo (supra párr. 2.c).
II
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
4.
Notificación al representante y al Estado. – El sometimiento del caso por parte de la Comisión
fue notificado por la Corte a los representantes de la presuntas víctimas (en adelante “los
representantes”) el 5 de abril de 2018 y al Estado el 16 de abril de 20184.
5.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 12 de junio de 2018 los representantes
presentaron ante la Corte su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito
de solicitudes y argumentos” o “ESAP”). Los representantes remitieron y adhirieron la descripción
de hechos efectuada por la Comisión. De igual manera, se adhirieron a los alegatos de la Comisión
en cuanto a la excepción preliminar y el fondo del asunto. Finalmente, solicitaron a la Corte que
ordenara al Estado la adopción de diversas medidas de reparación y el reintegro de costas y
gastos.
6.
Escrito de contestación. – El 15 de agosto de 2018 el Estado5 presentó ante la Corte su
escrito de contestación (en adelante “escrito de contestación”) al sometimiento e Informe de
Fondo de la Comisión y al escrito de solicitudes y argumentos. El Estado presentó una excepción
preliminar. Dicho escrito fue notificado a las partes y a la Comisión el 12 de septiembre de 2018.
7.
Observaciones a la excepción preliminar. – El 12 de octubre de 2018 la Comisión y la
representación de las presuntas víctimas presentaron sus observaciones a la excepción preliminar
interpuesta por el Estado.
8.
Audiencia Pública. - Mediante resolución del Presidente de 20 de marzo de 20196 se convocó
a las partes y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública para recibir sus observaciones
finales orales sobre la excepción preliminar, el fondo y eventuales reparaciones y costas, así como
para recibir la declaración del señor Gorigoitía. La audiencia pública fue celebrada el 8 de mayo
de 2019, durante el 60° Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en
Montevideo, Uruguay7.
La Comisión designó, como sus delegados ante la Corte, al Secretario Ejecutivo Paulo Abrão y al Comisionado
Luis Ernesto Vargas Silva.
4
La diferencia de fechas se da por el envío de documentos vía Courier.
5
Mediante comunicación de 17 de mayo de 2018 el Estado designó como Agentes al señor Alberto Javier Salgado,
Directo de Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en
carácter de agente titular, y al señor Ramiro Cristóbal Badia, Director Nacional de Asuntos Internacionales en Materia de
Derechos Humanos de la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación, en carácter de agente
alterno.
6
Cfr. Caso Gorigoitia Vs. Argentina. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos de 20 de marzo de 2019. Disponible en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/gorigoitia_20_03_19.pdf
7
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: el asesor Erick Acuña Pereda; b) por la
representación de la presunta víctima: los señores Carlos Varela Álvarez, Alejandro Acosta y Pablo Donnangelo, y c) por
el Estado de Argentina: los señores Ramiro Cristóbal Badía, Director Nacional de Asuntos Jurídicos Internacionales en
Materia de Derechos Humanos de la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación; Gonzalo Bueno,
Asesor Legal de la Dirección de Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto; Alfredo Vitolo, Asesor Legal de la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; Octavio Sillitti, Asesor Legal de la Secretaría de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; Gianni Venier,
3
4