dejó constancia de: a) la existencia de lesiones con proyectil de arma de fuego: “un tiro en el costado derecho, un tiro en el pecho con salida, un tiro […] en el oído derecho”. Aproximadamente a las 16:30 horas se autorizó la entrega del cuerpo del señor Félix Ordóñez Suazo a sus familiares 159, sin que se realizara una autopsia, y b) la existencia de dos cápsulas de proyectil160 calibre 16 mm recogidas por el auxiliar en la escena del delito, las que fueron trasladadas al Juzgado de Paz161. La Corte no cuenta con información respecto de ninguna pericia o diligencia llevada a cabo en relación con la evidencia recolectada. 143. El 13 de junio de 2007 el señor Marcial Martínez Suazo, hermano de Félix Ordóñez Suazo, formalizó “denuncia administrativa” por la muerte “en forma violenta” de su hermano, ocurrida en un área conflictiva con la Comunidad de Río Miel, “provoc[ada] por la disputa de tierra entre las dos comunidades”162. La denuncia señaló que Félix Ordóñez Suazo habría sido asesinado tras una serie de amenazas por la familia de Luis Portillo, debido a problemas surgidos por la colindancia de tierras y estableció que Marcos Bonifacio Castillo fue el único testigo de la muerte, la cual según el denunciante, se atribuyó a David Portillo Chacón, hijo de Luis Portillo, ambos de Río Miel163. 144. En la misma fecha, la Fiscalía de Etnias recibió una denuncia vía correo electrónico interpuesta por la OFRANEH, por la comisión del delito de asesinato de Félix Ordóñez Suazo, en contra de Luis Portillo y David Portillo Chacón, a la cual se le asignó el No. 7277-2007, la cual fue remitida a la Directora General de Fiscalía en la misma fecha164, y finalmente asignada a la Fiscalía Local de Trujillo, Colón165. Esta denuncia fue registrada ante la Fiscalía de Trujillo con el No. 0273-2007 y ante la Dirección General de Investigación Criminal con el No. TJC 310-07166. 145. El 26 de junio de 2007 la Fiscalía de Etnias emitió un auto de requerimiento de investigación policial a fin de que la DGIC actuara ciertas diligencias167, las cuales fueron pospuestas por falta de transporte para realizarlas168. De las diligencias 159 Cfr. Acta de levantamiento del cadáver de 11 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 1566). Conforme a la declaración de Nieves Oswaldo Bonifacio Castillo, luego de que esta tuvo conocimiento de los hechos debido a que su hermano Marcos Bonifacio Castillo le informó de lo ocurrido, se dirigió al lugar del crimen, donde fueron encontrados tres casquillos para escopeta. Cfr. Declaración de Nieves Oswaldo Bonifacio Castillo de 3 de julio de 2007 (expediente de prueba, folio 1539). de 3 de julio de 2007, y Marcos Bonifacio Castillo de 5 de julio de 2007 (expediente de prueba, folios 1537, 1539 y 1545, respectivamente). 161 Cfr. Acta de levantamiento del cadáver de 11 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 1566). 162 Acta de denuncia de la muerte de Félix Ordóñez Suazo interpuesta por Marcial Martínez Suazo ante el Juzgado de Paz de 13 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 1549). 163 Cfr. Acta de denuncia de la muerte de Félix Ordóñez Suazo interpuesta por Marcial Martínez Suazo ante el Juzgado de Paz de 13 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 1549). 164 Cfr. Memorándum No. FEEPC-130-2007 de la Fiscalía de Etnias de 13 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 1517). 165 Cfr. Memorándum No. FLT-12-007 de la Fiscalía Local de Trujillo de 16 de julio de 2007 (expediente de prueba, folio 1558). 166 Cfr. Memorándum de la Fiscalía Local de Trujillo de 16 de julio de 2007 (expediente de prueba, folio 1570). 167 Entre ellas: identificar a los imputados, sus antecedentes policiales, recabar declaraciones de testigos e imputados, recolectar y embalar evidencias. Cfr. Auto de requerimiento de investigación policial de la denuncia No.7277 de 13 de junio de 2007 (expediente de prueba, folio 1551). 168 Cfr. Memorándum No. FLT-03-007 de la Fiscalía Local de Trujillo de 26 de junio de 2007 (expediente de prueba, folios 1525 y 1526). Las diligencias fueron reprogramadas luego de haber conseguido el apoyo de la fuerza naval. 160 45

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