43.
El 17 de mayo de 2002 la Cámara en lo Criminal no. 2 emitió una sentencia condenatoria en
contra del señor Romero como autor penalmente responsable del delito de “administración infiel” en
perjuicio de la Administración Pública55. La Cámara condenó al señor Romero a una pena de siete años de
prisión y la inhabilitación especial perpetua para asumir cargos públicos56. Asimismo, la Cámara dio lugar a la
acción civil interpuesta y condenó al señor Romero a pagar a la Municipalidad de la ciudad de Corrientes la
suma de $8,790,900 pesos argentinos por concepto de indemnización57.
44.
El 10 de junio de 2002 la defensa interpuso un recurso de casación en contra la sentencia
dictada por la Cámara58. El 13 de junio de 2002 la Cámara de lo Criminal no. 2 de Corrientes dictó una
resolución mediante la cual se concedió el recurso de casación interpuesto59. La Cámara emplazó a las partes
a comparecer ante el Superior Tribunal de Justicia60.
45.
El 18 de febrero de 2003 la defensa planteó un recurso ante el Superior Tribunal de
Justicia61. Se indicó que tres de los jueces que conforman dicho Tribunal no fueron nombrados de
conformidad al procedimiento establecido por la Constitución de la Provincia 62. La defensa del señor Romero
agregó lo siguiente:
(...) por regla, los miembros del Superior Tribunal son nombrados por el Poder Ejecutivo con
acuerdo del Senado (artículo 142 de la Constitución de la Provincia de Corrientes). La
potestad, del Poder Ejecutivo, de llenar las vacantes con funcionarios en comisión queda
subordinada a la situación, de excepción, que está dada por el hecho de la vacante se
produzca durante el receso del Senado (...). De modo entonces que, estando en funciones el
Senado de la Provincia, no cabe el nombramiento de jueces de comisión. El nombramiento
de [tres de los jueces que conforman el Superior Tribunal] al haberse realizado, estando en
funciones el Cuerpo antes referido, exige (...) su acuerdo, puesto que, amén de ser
redundantes, sólo en caso de que el Senado estuviese en receso, su designación en comisión
hubiese sido posible63.
46.
El 10 de abril de 2003 el Superior Tribunal de Justicia emitió una resolución donde fijó una
audiencia para el 14 de abril del mismo año a efectos de proceder al sorteo para la integración del Tribunal 64.
47.
El 14 de abril de 2003 la defensa del señor Romero interpuso una aclaratoria ante el
Superior Tribunal de Justicia de Corrientes por la resolución ya señalada65. Solicitó que en dicho sorteo se
tome en cuenta la solicitud de apartamiento de los jueces antes referidos y que adicionalmente, se excluyan “a
55
Anexo 23. Recurso de Casación, 10 de junio de 2002. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de 2008.
56
Anexo 23. Recurso de Casación, 10 de junio de 2002. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de 2008.
57
Anexo 23. Recurso de Casación, 10 de junio de 2002. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de 2008.
58
Anexo 23. Recurso de Casación, 10 de junio de 2002. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de 2008.
Anexo 24. Resolución no. 493 de la Cámara de lo Criminal no. 2 de Corrientes, 13 de junio de 2002. Anexo a la comunicación
del peticionario de 10 de julio de 2008.
59
60 Anexo 24. Resolución no. 493 de la Cámara de lo Criminal no. 2 de Corrientes, 13 de junio de 2002. Anexo a la comunicación
del peticionario de 10 de julio de 2008.
61
Anexo 25. Solicitud de nulidad absoluta, 18 de febrero de 2003. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de
62
Anexo 25. Solicitud de nulidad absoluta, 18 de febrero de 2003. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de
63
Anexo 25. Solicitud de nulidad absoluta, 18 de febrero de 2003. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de
64
Anexo 26. Interposición de aclaratoria, 14 de abril de 2003. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de 2008.
65
Anexo 26. Interposición de aclaratoria, 14 de abril de 2003. Anexo a la comunicación del peticionario de 10 de julio de 2008.
2008.
2008.
2008.
10