del informe No. 80/17, el Estado no había presentado sus observaciones sobre el
cumplimiento de las recomendaciones.
3.
Sometimiento a la Corte. – El 6 de diciembre de 2017 la Comisión sometió a la
jurisdicción de la Corte Interamericana la totalidad de los hechos y supuestas violaciones de
derechos humanos descritas en el Informe de Fondo “por la necesidad de obtención de justicia
para la víctima directa y sus familiares”. Solicitó a la Corte que declarara la responsabilidad
internacional de Venezuela por la vulneración a los derechos indicados en las conclusiones del
referido informe. Adicionalmente, solicitó que se dispongan determinadas medidas de
reparación (infra Capítulo VIII).
II.
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
4.
Notificación al Estado y a los representantes 3. – El sometimiento del caso fue notificado
a los representantes y al Estado el 9 de febrero de 2018.
5.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 16 de abril de 2018, los
representantes presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante
“escrito de solicitudes y argumentos” o “ESAP”), en los términos de los artículos 25 y 40 del
Reglamento de la Corte.
6.
Escrito de contestación 4. – El 16 de julio de 2018, el Estado presentó su escrito de
contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante
“contestación” o “escrito de contestación”), en el cual interpuso una excepción preliminar, en
los términos del artículo 41 del Reglamento del Tribunal.
7.
Observaciones a la excepción preliminar. – El 14 de septiembre de 2018, la Comisión
presentó sus observaciones sobre la excepción preliminar. Los representantes presentaron su
escrito de observaciones a la excepción preliminar de forma extemporánea, por lo cual el
Pleno del Tribunal decidió que el escrito era extemporáneo y por ende, inadmisible, así como
que no sería transmitido al Estado y a la Comisión.
8.
Audiencia pública.- Mediante la Resolución de 7 de diciembre de 2018, el Presidente
de la Corte convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública que fue celebrada el
día 31 de enero de 2019, durante el 129º Período Ordinario de Sesiones de la Corte, la cual
tuvo lugar en la sede de la Corte en San José, Costa Rica 5.
9.
Amicus curiae.- El 14 de febrero de 2019, el Instituto Interamericano de
Responsabilidad Social y Derechos Humanos presentó un escrito en calidad de amicus curiae 6.
10.
Alegatos y observaciones finales escritos.- El 4 de marzo de 2019, el Estado, los
representantes y la Comisión presentaron sus escritos de alegatos finales escritos y de
observaciones finales escritas.
3
Los representantes de las presuntas víctimas son Luis Manuel Aguilera, Secretario General de la Comisión
de Derechos Humanos de Justicia y Paz del estado Aragua, y José Gregorio Guarenas, representante de la Vicaría de
Derechos Humanos de Caracas.
4
El Estado designó como Agente para el presente caso a Larry Devoe Márquez.
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Francisco Eguiguren Praeli, Silvia
Serrano Guzmán y Piero Vásquez Agüero; b) por los representantes: José Gregorio Guarenas, María Daniela Rivero,
Santiago Medina y Julio Puerta, y c) por el Estado de Venezuela: Larry Devoe Márquez y Cristóbal Cornieles PerretGentil.
5
6
El mismo se relaciona con: a) la intencionalidad en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, b)
Las ejecuciones extrajudiciales en la jurisprudencia de la Corte IDH de los últimos tres (3) años, y c) La jurisprudencia
de la Corte IDH en casos de ejecuciones extrajudiciales acontecidas en el Estado de Aragua, en Venezuela.
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