determinadas zonas del territorio. Todo ello, en el contexto de reivindicación de los territorios ancestrales del pueblo indígena Miskitu y Mayangna Sauni As y los procesos de saneamiento que tienen lugar en dicha zona 10. A.3. Hechos provisionales concretos que motivan la solicitud de medidas 14. El 13 de abril de 2023 la Comisión otorgó medidas cautelares en favor de D.R.Z., D.A.B.A., A.C.L. e I.C.L., miembros del pueblo indígena Mayangna, quienes se encuentran privados de libertad en el “Centro Penitenciario Jorge Navarro”, también conocido como “La Modelo”, desde 2021. En su Resolución, la Comisión tomó en cuenta que los propuestos beneficiarios fueron condenados por la masacre de Kiwakumbaih. Al respecto, según indicaron los representantes de dichas personas 11 (en adelante también “los representantes”), el 23 de agosto de 2021 “colonos invasores masacraron a, al menos, 11 pobladores indígenas miskitos y mayangnas” en el territorio indígena Mayangna Sauni As. El hecho tuvo lugar en el cerro Kiwakumbaih, ubicado a 10 kilómetros del noreste de Musawas y que es de uso común entre las diferentes comunidades que integran el territorio, así como de pobladores de otras comunidades miskitas que actualmente viven en situación de desplazamiento forzado. Tradicionalmente, el cerro ha sido utilizado para sus actividades de subsistencia como es la caza, la pesca, la construcción de sus canoas y, recientemente, la minería artesanal 12. 15. Asimismo, se informó que el 30 de agosto de 2021, oficiales de la Policía Nacional que llegaron desde Managua a Bonanza, llamaron a la señora F.H.P., hermana de una de las personas asesinadas, y la llevaron a una oficina donde habría sido objeto de intimidación para que formulara su denuncia en contra de otros indígenas mayangnas, a efecto de que los señalara como autores de la masacre. Ella se habría negado porque identificaba como responsables del hecho a mestizos integrantes de la banda delincuencial de nombre “Chavelo Meneses y Rodolfo Aguinaga”. Asimismo, comunitarios indígenas y familiares de las víctimas directas hicieron la denuncia pública que fue retomada por múltiples medios de comunicación, señalando a la banda liberada por un hombre identificado como “Isabel Padilla (Chabelo o Chavelo) ‒también conocido como Isabel Meneses‒ como el responsable de la [m]asacre”. Los representantes de los propuestos beneficiarios cuestionaron las acciones de investigación realizadas. Así, el 8 de septiembre de 2021 la Policía Nacional presentó a los hermanos A.C.L. e I.C.L. como autores intelectuales y materiales de la masacre. Lo anterior, pese a que ambos son hermanos de una de las mujeres víctimas de violencia sexual 13. 16. Durante el procedimiento de las medidas cautelares se alegaron distintas violaciones al debido proceso en la investigación de la masacre, incluidas las siguientes: 10 CIDH, Comunicado de Prensa 67/23 - 5 años del inicio de la crisis de derechos humanos en Nicaragua: CIDH llama al restablecimiento de la democracia y se solidariza con las víctimas. Washington, D.C., 18 de abril Disponible en: de 2023. https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2023/067.asp. 11 Actúan como representantes de los propuestos beneficiarios María Luisa Acosta Castellón, coordinadora del Centro de Asistencia Legal de Pueblos Indígenas (CALPI) de Nicaragua; Teresa Fernández Paredes, de la Organización Mundial contra la Tortura; Alejandra Nuño, directora del Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia “Francisco Suárez, SJ” del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (CUDJ-ITESO) de Guadalajara, México, y Boanerge Fornos, abogado de la asociación Acción Penal. 12 CIDH. Resolución No. 20/2023. Medidas Cautelares No. 738-22, supra, párr. 14. 13 CIDH. Resolución No. 20/2023. Medidas Cautelares No. 738-22, supra, párr. 19. 5

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