Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares
internacionales que determinan las obligaciones estatales en materia de medidas de protección respecto de
niños y niñas cuando se recibe información o denuncia de una supuesta situación de abandono en su perjuicio.
Específicamente, el/la perito/a analizará la convencionalidad de medidas como la institucionalización de niños y
niñas y las salvaguardas tanto procesales como sustantivas que deben estar presentes en este tipo de
determinaciones. El/la perito/a desarrollará su peritaje sobre esta temática, efectuando un análisis transversal
de los principios de especial protección e interés superior de los niños y niñas, determinando sus implicaciones
concretas en situaciones como las del presente caso. El/la perito/a ejemplificará los estándares desarrollados
en el peritaje aplicándolos al caso concreto.
Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares
internacionales que determinan las obligaciones estatales en procesos de adopción de niños y niñas, a fin de
asegurar que los mismos sean compatibles con los principios de especial protección e interés superior de los
niños y niñas. El/la perito/a se referirá concretamente a los procesos de adopción internacional y a las
salvaguardas tanto procesales como sustantivas que deben estar presentes en este tipo de determinaciones.
El/la perito/a tomará en cuenta el contexto tanto normativo como de prácticas en materia de adopción que
tuvo lugar en Guatemala en la época de los hechos y ejemplificará los estándares desarrollados en el peritaje
aplicándolos al caso concreto.
Los CVs de los/as peritos/as ofrecidos/as serán incluidos en los anexos al informe de fondo 72/15.
La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes actuaron como
peticionarios a lo largo del trámite del caso:
El Refugio de la Niñez y
CEJIL Mesoamérica
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Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Firmado en el original
Elizabeth Abi-Meshed
Secretaria Ejecutiva Adjunta
Anexo
4