Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares internacionales que determinan las obligaciones estatales en materia de medidas de protección respecto de niños y niñas cuando se recibe información o denuncia de una supuesta situación de abandono en su perjuicio. Específicamente, el/la perito/a analizará la convencionalidad de medidas como la institucionalización de niños y niñas y las salvaguardas tanto procesales como sustantivas que deben estar presentes en este tipo de determinaciones. El/la perito/a desarrollará su peritaje sobre esta temática, efectuando un análisis transversal de los principios de especial protección e interés superior de los niños y niñas, determinando sus implicaciones concretas en situaciones como las del presente caso. El/la perito/a ejemplificará los estándares desarrollados en el peritaje aplicándolos al caso concreto. Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares internacionales que determinan las obligaciones estatales en procesos de adopción de niños y niñas, a fin de asegurar que los mismos sean compatibles con los principios de especial protección e interés superior de los niños y niñas. El/la perito/a se referirá concretamente a los procesos de adopción internacional y a las salvaguardas tanto procesales como sustantivas que deben estar presentes en este tipo de determinaciones. El/la perito/a tomará en cuenta el contexto tanto normativo como de prácticas en materia de adopción que tuvo lugar en Guatemala en la época de los hechos y ejemplificará los estándares desarrollados en el peritaje aplicándolos al caso concreto. Los CVs de los/as peritos/as ofrecidos/as serán incluidos en los anexos al informe de fondo 72/15. La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes actuaron como peticionarios a lo largo del trámite del caso: El Refugio de la Niñez y CEJIL Mesoamérica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Firmado en el original Elizabeth Abi-Meshed Secretaria Ejecutiva Adjunta Anexo 4

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