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dicha negativa a expedir copias constituye una obstaculización a la defensa, sin ninguna base razonable,
y privó a Allan Brewer Carías y a sus abogados de tiempo y de condiciones razonables para preparar su
defensa. Alegan que el derecho a contar con las facilidades necesarias para la defensa es un elemento
primordial del debido proceso, del cual Allan Brewer Carías se vio privado.
38.
Con relación al derecho de la defensa de interrogar a los testigos y obtener la
comparecencia de testigos o peritos que puedan arrojar luz sobre los hechos, establecido en el artículo
8.2.f) de la Convención Americana, los peticionarios alegan que no se permitió a la defensa de Allan
Brewer Carías estar presente en el interrogatorio de los testigos llamados a declarar por la Fiscal Sexta.
Al respecto, sostienen que a la defensa le fueron arbitrariamente rechazadas solicitudes para producir
medios de prueba o elementos de convicción para hacer valer los derechos de Allan Brewer Carías.
Indican que en algunos casos la Fiscal admitió preguntas por escrito, pero que no fue posible
presentarlas en el caso de testigos sobrevenidos en el curso de la investigación que “declararon en
secreto”. Específicamente señalan que el 5 de octubre de 2005 se recibió el testimonio del General
Lucas Rincón, sin que la defensa hubiere sido convocada o notificada. Asimismo, alegan que los diez
periodistas que difundieron los “hechos notorios comunicacionales” que sirvieron de base a la imputación
no fueron llamados a ratificar sus aseveraciones. Señalan que al ser llamados por la defensa de Allan
Brewer Carías, manifestaron no haber sido testigos de los hechos, por lo que los peticionarios
consideran improcedente las pruebas referenciales que sirvieron de base para la imputación de Allan
Brewer Carías.
39.
En cuanto a la comparecencia de testigos ofrecidos por la defensa, alegan que el 21 de
abril de 2004 la Fiscal Sexta rechazó los testimonios de Nelson Mezerhane, Nelson Socorro, Yajaira
Andueza, Guaicaipuro Lameda y Leopoldo Baptista, con fundamento en que se trataba de testigos
referenciales cuyas declaraciones carecían de valor probatorio a la luz de la normativa vigente.
Asimismo, alegan que se les denegó la promoción anticipada de la declaración de Pedro Carmona
Estanga y que habiendo sido presentada por escrito, habría sido “ignorada”.
40.
En relación al alegato del Estado sobre la presentación de prueba y oportunidad de
controvertir en la etapa de juicio, frente a los elementos de convicción en la investigación, los
peticionarios alegan que el Estado niega al imputado garantías judiciales prescitas en el artículo 8 de la
Convención Americana durante la etapa de investigación, lo cual explica y comprueba que Allan Brewer
Carías “ha sido víctima de una violación masiva del derecho a un proceso regular”. Alegan que quizá
“para el Estado basta la convicción caprichosa de un o una Fiscal para acusar arbitrariamente, sin aplicar
otros medios de prueba que los que le dicta su capricho y sin permitir al afectado controlar y contradecir
las pruebas sobre las que dice fundar su convicción”.
41.
Alegan que en el Código Orgánico de Procedimiento Penal (en adelante “COPP”) no hay
nada que impida al procesado hacer valer todas las garantías judiciales. Sostienen que su artículo 125
enuncia los derechos del imputado, entre los cuales está “pedir al Ministerio Público la práctica de
diligencias de investigación destinadas a desvirtuar las imputaciones que se le formulen y pedir que se
declare anticipadamente la improcedencia de la privación de libertad, tal como fue solicitado el 26 de
octubre de 2005 y no fue decidido por el Juez de Control. Alegan que el imputado tiene derecho a que la
investigación concluya exculpándolo, mediante un acto conclusivo que proponga el sobreseimiento de su
causa (COPP arts. 315-320), y aún en el caso de que el acto conclusivo fuera una acusación fiscal, el
imputado tiene derecho a que en la audiencia preliminar del Juez de Control dicte sobreseimiento.
Alegan que las garantías judiciales establecidas en el artículo 8 de la Convención Americana se aplican
en todo proceso y en todas sus etapas10.
42.
Adicionalmente, en el acto de imputación la Fiscal Provisoria utilizó como supuestos
elementos de convicción en contra de Allan Brewer Carías, una serie de videos que, según la opinión
fiscal, contenían declaraciones de periodistas y entrevistados que lo incriminaban. Alegan que Allan
10
En sustento de su argumento citan: Corte I.D.H. Caso Claude Reyes y otros vs. Chile. Sentencia de 19 de septiembre
de 2006. Serie C, No. 151, párr. 116.