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imputaciones en procesos penales de implicancias políticas, fue ascendida a Directora General de
Actuación Procesal del Ministerio Público y actualmente ostenta el cargo de Fiscal General de la
República.
33.
Con relación al derecho de toda persona inculpada de delito a que se presuma su
inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad, establecido en el artículo 8.2 de la
Convención Americana, los peticionarios alegan que se abrió un proceso contra Allan Brewer Carías con
base en un “hecho notorio comunicacional”, a pesar de que éste desmintiera las informaciones de
prensa. Los peticionarios alegan que en la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia de Venezuela, “un hecho notorio comunicacional” sólo se configura cuando existen noticias
difundidas por medios de comunicación que no han sido desmentidas. Alegan asimismo que la Fiscalía
invirtió la carga de la prueba al exigir que la defensa desvirtuara la imputación por ella formulada contra
Allan Brewer Carías9.
34.
Asimismo alegan que las solicitudes de captura cursadas a INTERPOL fueron
manifiestamente inconducentes y abusivas, dado que el delito imputado a Allan Brewer Carías es un
típico delito político puro y el artículo 3 del Estatuto de INTERPOL le prohíbe “toda actividad o
intervención en asuntos de carácter político, militar, religioso o racial”. Consideran que la determinación
por parte de los tribunales internos de que la conducta imputada a Brewer Carías constituye un delito
común “es una maniobra arbitraria que cambia la calificación jurídica del delito imputado” y configura
violaciones al debido proceso. También indican que las solicitudes de captura vulneran el principio de
presunción de inocencia.
35.
Adicionalmente, alegan que entes tales como la Asamblea Nacional, el Tribunal
Supremo de Justicia, el Fiscal General de la República, así como miembros del cuerpo diplomático, se
manifestaron públicamente sobre el alcance de las conductas imputadas a Brewer Carías y su presunta
culpabilidad.
36.
En cuanto a la Asamblea Nacional, alegan que el informe de la “Comisión Parlamentaria
Especial para investigar los sucesos de abril de 2002” da por demostrada la participación de Allan
Brewer Carías en conductas de las que no pudo defenderse. En el caso del Tribunal Supremo de
Justicia, alegan que éste habría adelantado opinión al indicar por escrito que “numerosos testimonios
que son de conocimiento público señalan al doctor Allan Brewer-Carías como uno de los autores del
decreto en alusión”. Alegan que el Fiscal General de la República también adelantó opinión sobre la
culpabilidad de Allan Brewer Carías en su libro “Abril Comienza en Octubre” en el que asume como
verdaderas aseveraciones periodísticas que estaban bajo investigación de su despacho y que nunca
fueron ratificadas con testimonios ni corroboradas. Por último alegan que miembros del cuerpo
diplomático públicamente se refirieron a Allan Brewer Carías como “conspirador” y “autor del Decreto del
12 de abril”, conductas que se le imputan, sin pruebas ni condena judicial.
37.
Con relación al derecho del inculpado a contar con el tiempo y los medios adecuados
para la preparación de su defensa, establecido en el artículo 8.2.c) de la Convención Americana, los
peticionarios alegan que durante la etapa investigativa, los defensores de Allan Brewer Carías no
pudieron obtener copia de las actuaciones, sino que sólo se les permitió transcribir a mano y por sí
mismos, las distintas piezas del expediente, que sumaron miles de páginas en XXVII piezas. Indican que
9
Al respecto, indican que la Fiscal Provisoria Sexta puso en evidencia que según su criterio corresponde al imputado
desvirtuar la imputación al manifestar -en el proceso seguido contra otra persona imputada en la misma causa- ante el Juez
Vigésimo de Control que “[e]n criterio del Ministerio Público la imputación hecha al ciudadano […] cumple con los requisitos de ley,
por lo que en todo caso corresponde a la defensa del mismo desvirtuar ¿Porqué (sic) se supone que no conspiró? ¿Las razones
por las cuales acompañó al ciudadano Allana (sic) Brewer Carias el día de los hechos? ¿Cuáles fueron sus objeciones y
oposiciones a la redacción al decreto […]? La falta de respuesta y pruebas para desvirtuar las sospechas fundadas que tiene el
Ministerio Público, acerca de su participación en la redacción del decreto, son las razones por las cuales se considera innecesario
hacer una ampliación de la imputación, por cuanto a criterio del Ministerio Público no han demostrado que no participó […]”. Los
peticionarios citan el escrito de la Fiscal Provisoria Sexta de Control del 3 de junio de 2005. Anexo 18 a la petición original recibida
el 24 de enero de 2007.