3 familia Vásquez, entre ellos, Oscar Humberto Vásquez, Raquel Solórzano, Thelma Judith de Vásquez, Marvin Vásquez y Lydia de Vásquez”. 6. Que, de acuerdo con lo afirmado por la Comisión, la situación de los miembros de la familia Vásquez es de extrema gravedad y urgencia y la adopción de medidas es necesaria para evitarles daños irreparables. 7. Que el Presidente de la Corte está facultado para decretar medidas urgentes y corresponde a la Corte resolver sobre la procedencia de las medidas provisionales en su próximo Período Ordinario de Sesiones. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 25 del Reglamento y en consulta con la Comisión Permanente, RESUELVE: 1. Requerir al Estado de Guatemala que adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para asegurar eficazmente la integridad física y psíquica de los miembros de la familia Vásquez, entre ellos, los señores Oscar Humberto Vásquez, Raquel de Jesús Solórzano, Thelma Judith de Vásquez, Marvin Vásquez y Lydia de Vásquez y para investigar el ataque y las amenazas que sufrió el primero de ellos. 2. Requerir al Estado de Guatemala que presente a la Corte, dentro de un plazo de cinco días hábiles a partir de que la presente resolución le sea notificada, un primer informe sobre las medidas concretas adoptadas para proteger a dichas personas. 3. Solicitar a la Comisión Interamericana que presente a la Corte sus observaciones al informe inicial del Estado de Guatemala dentro de un plazo de quince días a partir de que éste le sea transmitido. 4. Requerir al Estado de Guatemala que, después de la presentación de su primer informe, continúe presentando cada dos meses sus informes sobre las medidas adoptadas. 5. Solicitar a la Comisión Interamericana que presente sus observaciones a los informes periódicos del Estado dentro de un plazo de seis semanas a partir de que éstos le sean transmitidos. 6. Poner la presente resolución a la consideración de la Corte durante su próximo Período Ordinario de Sesiones para los efectos pertinentes.

Select target paragraph3