peticionario, subiendo nuevamente a la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público, la cual mediante sentencia de fecha 22 de diciembre de 1997 confirmó la sentencia apelada, resolución de la cual el peticionario recurrió ante el Tribunal Constitucional, ante quien se encuentra pendiente la vista de la causa. Cabe agregar que dicho tribunal se encuentran funcionando actualmente con sólo cuatro de sus siete miembros. 15. En el mismo expediente, el peticionario interpuso una medida cautelar a fin de suspender los efectos de la Resolución Directorial que lo priva de su nacionalidad, la cual fue declarada improcedente el 15 de agosto de 1997. Apelada dicha resolución, la misma Sala Corporativa Especializada de Derecho Público de la Corte Superior de Lima, por resolución fechada el 11 de septiembre de 1997, declaró la nulidad de todo lo obrado, por error en la notificación del demandado. Devueltos los autos a primera instancia, el 16 de octubre de 1997, el juez de la causa doctor Percy Escobar volvió a declarar improcedente la medida cautelar solicitada. Apelada dicha resolución, correspondió a la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Público pronunciarse, la cual mediante resolución de fecha 11 de diciembre de 1997 confirmó el auto apelado, declarando improcedente la medida cautelar solicitada. 16. Paralelamente, el 11 de julio de 1997, los señores Mendel Winter Zuzunaga y Samuel Winter Zuzunaga, accionistas minoritarios de Frecuencia Latina, presentaron otra acción de amparo, en la cual solicitaron se dejara sin efecto la compra de acciones sobre dicha emisora hecha por el señor Baruch Ivcher Bronstein, alegando que como ciudadano israelí, éste se encontraba impedido de llevar a cabo tales adquisiciones, por lo que éstas debían ser declaradas nulas. Asimismo, en el mismo expediente solicitaron una medida cautelar, consistente en que se les otorgara la administración del canal, lo que fue concedido en primera instancia, el 1º de agosto de 1997 por el Juez del 1er Juzgado Especial Corporativo de Derecho Público, y luego confirmada el 12 de septiembre de 1997, por la Sala Corporativa Transitoria de Derecho Público de la Corte Superior de Lima, revocando el nombramiento de Director de la Compañía Latinoamericana de Radiodifusión Sociedad Anónima y del Directorio de dicho Órgano Social a Baruch Ivcher Bronstein en tanto no se determine su nacionalidad peruana por la autoridad competente. 17. El 19 de septiembre de 1997, los hermanos Winter Zuzunaga, accionistas minoritarios del canal de televisión, tomaron control efectivo del mismo, acto en el cual prohibieron el ingreso al canal de una serie de periodistas y funcionarios que se mencionan eran de la línea de Ivcher. Dicha lista se encuentra protocolizada y certificada por el Notario Público Manuel Noya de la Piedra. 18. El señor Baruch Ivcher procedió a interponer un Recurso de Casación contra la resolución que otorga la administración del canal a los accionistas minoritarios, la que fue rechazada, quedando a firme la administración del canal de televisión por parte de los accionistas minoritarios. 19. A su vez, la víctima interpuso otra acción de amparo, cuestionando los artículos 12 y 13 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad No. 26.574, la cual fue declarada infundada en primera instancia elevándose lo actuado a la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Público, la cual con fecha 12 de noviembre de 1997, declaró la nulidad de lo obrado por un error en la notificación del demandado, devolviendo los autos a primera instancia. 20. Por otro lado, los periodistas de la empresa Fernando Vian Villa y otros; y Alberto Borea Odria y otros, interpusieron una Acción Popular, impugnando los artículos 12 y 13 de Reglamento de la Ley de Nacionalidad. 21. A su vez, el 23 de octubre de 1997, la Sociedad Interamericana de Prensa dictó una Resolución de la 53° Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), en la que señala que con el silenciamiento del Canal 2 de Televisión por haber denunciado violaciones del Gobierno contra los derechos humanos, la libertad de prensa en el Perú ha sido seriamente afectada, por lo que se exige la revocación de la resolución que despoja a Baruch Ivcher de su nacionalidad peruana, permitiéndosele continuar, como accionista mayoritario, con el control del canal. 3

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