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proteger a [sus] miembros”; incluso, la señora Rocío Campos debió
desplazarse del lugar, a consecuencia de las amenazas continuas;
c)
que el Estado no se refirió en su informe a la situación de los señores
Silvia Quintero, Gloria Herney Galíndez, Gladys Ávila y Rocío Bautista,
miembros de las seccionales de Medellín y Bogotá;
d)
que el Estado hizo mención a evaluaciones del Comité de Riesgos del
Ministerio del Interior en relación con cinco personas que no son miembros de
ASFADDES y quienes no están protegidas por las medidas provisionales;
e)
con respecto a la sede de Popayán los peticionarios señalaron, por una
parte, que se entregó ayuda humanitaria a Astrid Manrique y, por otra, que
pese a que solicitaron a la Policía Nacional en la reunión del “Comité de
Seguimiento” de 5 de septiembre de 2000 que aclarara porqué los
“funcionarios policiales habían estado filmando a los miembros” de dicha
seccional, esta última solicitud no ha sido tomada en cuenta; y
f)
con respecto a la investigación de los hechos suscitados en la seccional
de Barrancabermeja resaltó, por una parte, que no obstante haberse
solicitado los recursos materiales, técnicos y humanos necesarios para una
investigación eficaz durante la reunión del “Comité de Seguimiento” de 5 de
septiembre de 2000, en el seminario de 30 de septiembre siguiente los
miembros de ASFADDES de Barrancabermeja recibieron amenazas y el Estado
“no ha presentado información sobre las investigaciones desplegadas con el
fin de identificar y juzgar a [sus] autores” y ha centrado su investigación en
las amenazas a la señora Rocío Campos; por otro parte, mencionó que el
Estado ha omitido informar sobre la investigación del asesinato de la señora
Elizabeth Cañas y afirmó que dicha muerte está relacionada con las
“amenazas sufridas por Rocío Campos”. Finalmente concluyó que, pese a la
gravedad de los hechos y al “inminente riesgo de los miembros de
ASFADDES, no se han adelantado investigaciones serias y eficaces”;
la Comisión solicitó a la Corte que el Estado:
1. Informar[a] de manera detallada [...] sobre las gestiones realizadas
para dar impulso a las investigaciones penales y disciplinarias de los hechos
de hostigamiento denunciados en el curso de las medidas, y sus avances.
2. Informar[a] de manera detallada, sobre la implementación y estado de
las propuestas para impulsar las investigaciones penales para la búsqueda
de [Á]ngel Quintero y Claudia Monsalve. En particular, la provisión a la
Fiscalía Seccional de Barrancabermeja y al Fiscal de conocimiento de la
desaparición, de los recursos humanos, técnicos, logísticos, [y] económicos
adecuados y suficientes para garantizar una investigación eficaz, incluyendo
la consideración de su traslado a la Unidad Nacional de Derechos Humanos
de la Fiscalía.
3. Promov[iera] que las desapariciones de [Á]ngel Quintero y Claudia
Monsalve y los sucesos de Barrancabermeja sean incluidos bajo el espectro
del Comité Especial creado por la Vicepresidencia de la República.