6 proteger a [sus] miembros”; incluso, la señora Rocío Campos debió desplazarse del lugar, a consecuencia de las amenazas continuas; c) que el Estado no se refirió en su informe a la situación de los señores Silvia Quintero, Gloria Herney Galíndez, Gladys Ávila y Rocío Bautista, miembros de las seccionales de Medellín y Bogotá; d) que el Estado hizo mención a evaluaciones del Comité de Riesgos del Ministerio del Interior en relación con cinco personas que no son miembros de ASFADDES y quienes no están protegidas por las medidas provisionales; e) con respecto a la sede de Popayán los peticionarios señalaron, por una parte, que se entregó ayuda humanitaria a Astrid Manrique y, por otra, que pese a que solicitaron a la Policía Nacional en la reunión del “Comité de Seguimiento” de 5 de septiembre de 2000 que aclarara porqué los “funcionarios policiales habían estado filmando a los miembros” de dicha seccional, esta última solicitud no ha sido tomada en cuenta; y f) con respecto a la investigación de los hechos suscitados en la seccional de Barrancabermeja resaltó, por una parte, que no obstante haberse solicitado los recursos materiales, técnicos y humanos necesarios para una investigación eficaz durante la reunión del “Comité de Seguimiento” de 5 de septiembre de 2000, en el seminario de 30 de septiembre siguiente los miembros de ASFADDES de Barrancabermeja recibieron amenazas y el Estado “no ha presentado información sobre las investigaciones desplegadas con el fin de identificar y juzgar a [sus] autores” y ha centrado su investigación en las amenazas a la señora Rocío Campos; por otro parte, mencionó que el Estado ha omitido informar sobre la investigación del asesinato de la señora Elizabeth Cañas y afirmó que dicha muerte está relacionada con las “amenazas sufridas por Rocío Campos”. Finalmente concluyó que, pese a la gravedad de los hechos y al “inminente riesgo de los miembros de ASFADDES, no se han adelantado investigaciones serias y eficaces”; la Comisión solicitó a la Corte que el Estado: 1. Informar[a] de manera detallada [...] sobre las gestiones realizadas para dar impulso a las investigaciones penales y disciplinarias de los hechos de hostigamiento denunciados en el curso de las medidas, y sus avances. 2. Informar[a] de manera detallada, sobre la implementación y estado de las propuestas para impulsar las investigaciones penales para la búsqueda de [Á]ngel Quintero y Claudia Monsalve. En particular, la provisión a la Fiscalía Seccional de Barrancabermeja y al Fiscal de conocimiento de la desaparición, de los recursos humanos, técnicos, logísticos, [y] económicos adecuados y suficientes para garantizar una investigación eficaz, incluyendo la consideración de su traslado a la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía. 3. Promov[iera] que las desapariciones de [Á]ngel Quintero y Claudia Monsalve y los sucesos de Barrancabermeja sean incluidos bajo el espectro del Comité Especial creado por la Vicepresidencia de la República.

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