3 14. Respecto de las investigaciones de los hechos los peticionarios señalaron que las diligencias judiciales se iniciaron un día después de la muerte del señor Luna López. La investigación condujo a la apertura de dos procesos penales. El primero fue encausado contra Oscar Aurelio Rodríguez, alias “Machetío”, como presunto autor material del hecho; el segundo fue instruido contra Ítalo Iván Lemus, Marco Morales y Wilfredo Pérez, como presuntos autores materiales, y contra Jorge Chávez (vinculado con una cooperativa maderera) y José Ángel Rosa (socio de un aserradero), como supuestos autores intelectuales. 15. De acuerdo con los peticionarios el proceso penal habría pasado más de cuatro años en etapa de sumario, respecto de los autores materiales y aproximadamente cinco años en etapa de sumario en relación con los autores intelectuales. Asimismo, afirmaron que desde su inicio, las investigaciones habrían sido efectuadas negligente o tardíamente. 16. Respecto del proceso penal instaurado contra Oscar Aurelio Rodríguez Molina, los peticionarios reconocieron que en diciembre de 2002, el Juzgado de Letras lo condenó a 20 años de prisión por el asesinato de Carlos Antonio Luna López y a 7 años de prisión por las lesiones contra Silvia González. 17. Respecto del proceso penal seguido contra los presuntos autores intelectuales, los peticionarios argumentaron que el proceso habría permanecido inactivo por varios meses y se habría reactivado en febrero de 2001, en virtud de una entrevista otorgada por el señor Rodríguez Molina a un periódico desde la cárcel, en la cual habría manifestado que el autor intelectual del asesinato era Jorge Chávez. De acuerdo con los peticionarios, luego de dicha declaración se habría dictado orden de captura contra el resto de los sospechosos pero todos se encontrarían prófugos. Asimismo, expresaron que luego de las declaraciones, el señor Rodríguez Molina habría sufrido amenazas de muerte por lo que se habría solicitado al juez brindarle “la mayor seguridad posible”. 18. Los peticionarios argumentaron que en enero de 2004, el señor Rodríguez Molina habría señalado que estaría dispuesto a revelar información sobre los autores materiales e intelectuales del asesinato siempre que se garantizara su seguridad y la de su familia. De acuerdo con los peticionarios, dicha información habría estado en conocimiento de las autoridades judiciales desde hacía tiempo. En junio de 2004, el señor Rodríguez Molina habría rendido una declaración en la cual habría señalado nuevos hechos y personas relacionadas con la muerte de Carlos Luna López. Los peticionarios señalaron que dicha declaración no habría sido tomada en consideración en la investigación. 19. Por otro lado, los peticionarios señalaron que en septiembre de 2004 se absolvió a Jorge Chávez. Posteriormente, con base en una apelación, se revocó la sentencia absolutoria y se le condenó por el asesinato de Carlos Antonio Luna y por el homicidio en grado de tentativa contra Silvia González. Sin embargo, posteriormente, la Corte Suprema de Justicia, conociendo de un recurso de casación, absolvió al señor Chávez y ordenó su liberación. 20. Los peticionarios señalaron que el 28 de junio de 2006, el señor Rodríguez Molina fue asesinado en una celda de máxima seguridad, por un presunto sicario y recluso. Al respecto, señalaron que dicha muerte podría estar vinculada con las declaraciones rendidas en relación con la muerte de Carlos Luna López. Agregaron que pese a que el Estado afirma que la muerte del señor Rodríguez Molina no tiene relación con el caso de Carlos Luna, Honduras omite señalar las acciones llevadas a cabo para llegar a esa conclusión. 21. En relación con las investigaciones contra José Ángel Rosa, los peticionarios argumentaron irregularidades en la actuación de la fiscal. Asimismo, informaron que el señor José Ángel Rosa habría sido asesinado el 1 de julio de 2008 por un presunto ajuste de cuentas. 22. Por otro lado, manifestaron que pese a que la INTERPOL había solicitado a Honduras girar orden de captura internacional contra Ítalo Iván Lemus, el Estado nunca lo hizo. El señor Lemus fue detenido por los hechos del caso, luego que fuera deportado de los Estados Unidos por encontrarse indocumentado.

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