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familia accedió bajo la condición que el cuerpo fuera retirado del lugar de velación y trasladado a un
lugar más discreto.
Manifiestan que el asesinato de la presunta víctima se enmarca dentro del contexto
general de impunidad y denegación de acceso a la justicia que enfrentan las mujeres víctimas de
violencia. Asimismo, muchos procesos de investigación son impulsados por las familias, las cuales
tampoco reciben tratamiento ni atención adecuada, exponiéndolas a graves sufrimientos emocionales y
psicológicos.
17.
Los peticionarios hacen referencia a la indiferencia del Estado en relación a la violencia
contra las mujeres y niñas. Sostienen que la indiferencia es de “tal magnitud que no se cuenta con datos
y estadísticas oficiales confiables, siendo mas bien las organizaciones no gubernamentales las que tratan
de obtener información actualizada y fidedigna”2. Según los peticionarios, el miedo, la vergüenza y la
impunidad siguen siendo los principales motivos que impiden que muchas mujeres denuncien, por ello
los datos recogidos son a menudo insuficientes e inconsistentes.
18.
19.
Según los peticionarios, si bien hay avances a nivel normativo en la lucha para la
erradicación de toda forma de violencia contra las mujeres y citan la ley contra el femicidio y otras
formas de violencia contra la mujer como un ejemplo, los mismos no han sido acompañados de políticas
públicas efectivas y medidas concretas para hacer frente a esta problemática. Aunque estos han dado
algunos resultados, indican que la inefectividad en la reducción de los índices de violencia contra las
mujeres persisten como consecuencia de la inexistencia de una política criminal efectiva.
Sostienen que el incremento en los asesinatos de mujeres, ha sido tanto numérico como
en el grado de crueldad, llegando al extremo de existir casos de mutilación o descuartizamiento. Los
asesinatos de mujeres en el país tienen la particularidad en la forma en que son colocados sus cuerpos,
en algunas ocasiones aparecen con las piernas abiertas, desnudos o con su ropa interior desgarrada.
Según los peticionarios, estas son expresiones extremas del carácter sexual de la violencia contra las
mujeres. Esta situación no es casual, sino que tiene como sus fundamentos la construcción patriarcal,
que establece que el cuerpo sexuado de las mujeres es propiedad de los hombres. Por ello, es a través
de la violencia ejercida sobre el cuerpo y su sexualidad, desde donde se construye el sistema de
opresión. Los peticionarios alegan que en este contexto, la presunta víctima fue una de las 518 mujeres
asesinadas en el 2005.
20.
Los peticionarios sostienen que durante todo el proceso la familia de la presunta víctima
ha sido constantemente revictimizada durante el largo e infructuoso proceso de búsqueda de justicia,
que ha generado en ellos sentimientos de rabia, impotencia y desesperanza. Indican que la Dra. Denisse
Peña Juárez, especialista en psiquiatría, a través de una evaluación realizada al Sr. Jorge Velásquez, en
octubre de 2009 a solicitud de los peticionarios, estableció que toda la familia se perfila “clínicamente
como víctimas colaterales del asesinato violento de Claudina Isabel”.
21.
22.
Señalan que los procedimientos de investigación sugeridos por el Sr. Rolando Velásquez
en su calidad de querellante adhesivo fueron reiteradamente retardados o realizados deficientemente,
lo cual ha ocasionado la pérdida de oportunidad además de un daño a la familia al constatar la
indiferencia con que su caso era tratado. En algunas ocasiones sostienen que se le vedó el acceso a la
2
Observaciones de los peticionarios sobre el fondo. Escrito de fecha 17 de enero de 2011.