INFORME No. 51/18
PETICIÓN 1779-12
INFORME DE ADMISIBILIDAD
PUEBLOS INDÍGENAS MAYA KAQCHIKUEL DE SUMPANGO Y OTROS
GUATEMALA
5 de mayo de 2018
I.
DATOS DE LA PETICIÓN
Parte peticionaria:
Presunta víctima:
Estado denunciado:
Derechos invocados:
II.
TRÁMITE ANTE LA CIDH3
Presentación de la petición:
Información adicional recibida
durante la etapa de estudio:
Notificación de la petición al Estado:
Primera respuesta del Estado:
III.
Asociación Sobrevivencia Cultural, Asociación Mujb´ab´l yol
(Encuentro de Expresiones) y Cultural Survival, Inc.
Pueblos indígenas Maya Kaqchikuel de Sumpango, Sacatepéquez,
Maya Achí de San Miguel Chicaj, Baja Verapaz, Maya Mam de
Cajolá, Quetzaltenango, y Maya de Todos Santos de Cuchumatán,
Huehuetenango
Guatemala
Artículos 1 (obligación de respetar los derechos), 13 (libertad de
opinión y expresión) y 24 (igualdad ante la ley) de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos1 y artículo XIII (derecho a
los beneficios de la cultura) de la Declaración Americana de
Derechos y Deberes del Hombre2
28 de septiembre de 2012
7 de marzo de 2013, 21 de octubre de 2014, 16 de enero de 2015,
9 de junio de 2015 y 11 de mayo de 2016
26 de abril de 2017
27 de julio de 2017
COMPETENCIA
Competencia Ratione personae:
Competencia Ratione loci:
Competencia Ratione temporis:
Competencia Ratione materiae:
Sí
Sí
Sí
Sí, Convención Americana (depósito de instrumento realizado el
25 de mayo de 1978)
IV.
DUPLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Y COSA JUZGADA INTERNACIONAL,
CARACTERIZACIÓN, AGOTAMIENTO DE LOS RECURSOS INTERNOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Duplicación de procedimientos y
cosa juzgada internacional:
No
Derechos declarados admisibles:
Artículos 13 (libertad de opinión y expresión), 24 (igualdad ante
la ley) y 26 (derechos económicos, sociales y culturales) de la
Convención Americana, en relación con los artículos 1.1
(obligación de respetar los derechos) y 2 (deber de adoptar
disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento, y
artículo XIII (derecho a los beneficios de la cultura) de la
Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre
En adelante “Convención” o Convención Americana”.
En adelante “Declaración Americana”
3 Las observaciones de cada parte fueron debidamente trasladadas a la parte contraria.
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