13 Carlos Luna López en relación con problemas de extracción de madera 42. Ese mismo día llamó al Ministerio Público a denunciar las amenazas recibidas. Con motivo de la denuncia, se realizó una reunión en las oficinas del Ministerio Público en la que el señor Rosa se disculpó con Carlos Luna López y manifestó que se encontraba en estado de ebriedad43. Sin embargo, el Fiscal no levantó acta de ningún tipo porque, según su dicho, la legislación vigente al momento de los hechos no permitía el levantamiento de actas de tipo conciliatorio44. La Corte observa que no existe un registro de la denuncia interpuesta. 29. Mediante nota de prensa en el periódico El Heraldo de Honduras de fecha 7 de marzo de 1998 respecto de una denuncia realizada ante el Juzgado Seccional de Letras por el señor Luna López el 6 de marzo, éste manifestó que “había sido amenazado de muerte luego de hacer públicas las irregularidades detectadas en el bosque de pino […] confirmó que fue amenazado de muerte por el empresario José Ángel Rosa, quién junto al diputado nacionalista Lincoln Figueroa, [eran] propietarios de la empresa PROFOFI, Productos Forestales Figueroa […] tras descubrir [irregularidades] las denunciamos públicamente y por eso nos han amenazado, pero debemos aclarar que solo defendemos los intereses del pueblo”45. 30. Asimismo, el 4 de abril de 1998, José Ángel Rosa habría llamado por teléfono a la casa del señor Luna López46 y, según declaraciones, éste le habría dicho a Carlos Luna que tenía el dinero, las armas y la gente para matarlo a él y a toda su familia 47. Como consecuencia de ello, según diversas declaraciones en el fuero interno y ante esta Corte, 42 Cfr. Declaraciones rendidas ante el Juzgado de Letras Seccional de Catacamas, a saber: declaración testimonial de Inés Verónica Mejía Herrera rendida el 16 de julio de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5029); declaración testimonial de Deira Idhelin Rodríguez Cruz rendida el 9 de julio de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5049); declaración testimonial de Henry Guillermo Bustillo Rosales rendida el 6 de agosto de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5052); declaración testimonial de Rosa Margarita Valle Hernández rendida el 24 de agosto de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5077); declaración testimonial de Carlos Antonio Luna Valle rendida el 26 de agosto de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5091); declaración testimonial de Ángel Estanislao Martínez rendida el 19 de octubre de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5159); declaración testimonial de Luis Felipe Rosales López rendida el 19 de noviembre de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5203); declaración testimonial de José Guillermo Peralta rendida el 30 de noviembre de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5211); declaración testimonial de María Teodora Ruiz Escoto rendida el 30 de noviembre de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5214); declaración testimonial de Alejandro Fredy Salgado rendida el 17 de febrero de 2000 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5311); declaración testimonial de Oscar Orlando Palacios Moya rendida el 17 de febrero de 2000 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5314), y declaración testimonial de Manuel Antonio Pacheco rendida el 5 de abril de 2000 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5382). 43 Cfr. Declaración testimonial del fiscal Adrián Octavio Rosales rendida el 9 de abril de 2000 ante el Juzgado de Letras Seccional de Choluteca (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5378) y declaración testimonial del mismo rendida en audiencia pública ante la Corte, supra, y declaración de José Ángel Rosa rendida el 16 de junio de 1998 (expediente de anexos al informe de fondo, folio 472). 44 Cfr. Declaración testimonial del fiscal Adrián Octavio Rosales rendida el 9 de abril de 2000, supra y declaración testimonial del mismo rendida en audiencia pública ante la Corte, supra. 45 Nota publicada en el diario “El Heraldo” el 7 de marzo de 1998, supra. 46 Cfr. Declaración de José Ángel Rosa rendida el 16 de junio de 1998 (expediente de anexos al informe de fondo, folio 472). 47 Cfr. Declaraciones rendidas ante fedatario público, a saber: declaración rendida por Rosa Margarita Valle Hernández el 21 de enero de 2013 (expediente de fondo, folio 564), y declaración rendida por Carlos Antonio Luna Valle el 21 de enero de 2013 (expediente de fondo, folios 578 a 579). Asimismo, declaraciones rendidas ante el Juzgado de Letras Seccional de Catacamas, a saber: declaración testimonial de Deira Idhelin Rodríguez Cruz rendida el 9 de julio de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5049); declaración testimonial de Rosa Margarita Valle Hernández rendida el 24 de agosto de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5078); declaración testimonial de Carlos Antonio Luna Valle rendida el 26 de agosto de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5091), y declaración testimonial de César Augusto Luna Valle rendida el 27 de agosto de 1998 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5096).

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