67 65. 66. 67. 68. 69. 70. 71. 72. 73. 74. 75. 76. 77. 78. 79. 80. 81. 82. 83. 84. 85. 86. 87. 88. 89. 90. 91. Darío López Juárez Emiliana López Juárez Julia López Juárez Toribio Morales Jerónimo María Griselda Reyes Mejicanos Alvaro Rocael Reyes Mejicanos Lázaro Alvarado Manuel Julia Manuel Julia Raxcacó Manuel Balbino Cajbón Cortéz Paulina Grave Oxlaj Emiliana Grave López Francisco Cortéz Xitumul Juliana Tecú Grave Juan Galeano Rosario Galeano Julia o Juliana Juárez Simeona Corazón Galeano Catalina Galeano Francisca Caballeros Pablo Guzmán Reyes María de Jesús Alvarado Zuleta Soto Tejada Ricardo Tecú Manuel Natividad Morales Sabina Tejeda Héctor Manuel García Mejicanos 67. En lo que se refiere a las víctimas individualizadas en la sentencia dictada por la Corte el 29 de abril de 2004, o que fueron incluidas por primera vez en los anexos a los alegatos finales escritos de los representantes o en la prueba para mejor resolver, de acuerdo con el párrafo 48 de la citada Sentencia, sobre quienes los representantes no pudieron remitir los documentos idóneos para su identificación, este Tribunal dispone que la indemnización que les corresponda por el daño sufrido se ceñirá a los parámetros de las víctimas identificadas (supra párrs. 64 y 65), siempre que se presenten ante las autoridades competentes del Estado dentro de los veinticuatro meses siguientes a la fecha de notificación de esta Sentencia y aporten la información necesaria para su identificación. 68. Las víctimas respecto de quienes no se remitió un documento idóneo para constatar su identidad son las siguientes: a) 1. 2. 3. 4. 5. 6. De la comunidad de Plan de Sánchez Guillermo Toj Manuel Guillermo Toj Manuel Juana Álvarez Pérez Jorge Álvarez Pérez Víctor Manuel Reyes García Lorenza Cajbón Grave

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