2008, Reyes Alpizar denunció irregularidades en las pericias de la PGJEM101 y maltrato de las psicólogas102. El
Juez tuvo “por hechas las manifestaciones”, para ser consideradas “en su momento procesal oportuno”103. Por
otra parte, la CODHEM practicó un examen médico a Reyes Alpizar el 11 de diciembre de 2007104. Se indica que
“desde el punto de vista médico forense no existen elementos técnicos ni médicos que nos permitan acreditar
o descartar lo referido por el agraviado”105. Tal informe fue hecho suyo por la PGJEM106 y, junto a los de la
PGJEM, fue objetado por las presuntas víctimas por no ajustarse al Protocolo de Estambul107.
29. El 5 de junio de 2008, el Tribunal ordenó la designación de peritos terceros en discordia108. La Psicóloga
Tania Romero Sánchez y la Socióloga Iliana González Rodarte concluyeron que Reyes Alpizar presentaba
“signos y síntomas propios del trastorno de estrés postraumático (TEPT), cambios duraderos de personalidad,
depresión y angustia generalizadas. […] corresponden sin lugar a dudas con tratos y penas crueles e inhumanas
propias de la tortura”109. La Psicóloga Martha Enríquez indicó que “presenta signos y síntomas del trastorno de
estrés postraumático de tipo TORTURA”110. En audiencia de 17 de febrero de 2010, el Perito tercero en
discordia Saúl López Sustegui Marfil, indicó que no contaba con “elementos de tipo técnico científico que
sustenten que en el cuerpo del señor Reyes Alpizar Ortiz haya existido tortura física”111.
30. El 22 de septiembre de 2010 Reyes Alpizar presentó un nuevo incidente denunciando tortura112. El 24 de
septiembre de 2010, la Jueza Quinta Penal lo rechazó indicando que los hechos de tortura se habían denunciado
el 28 de noviembre de 2002 pero “no se advierte que haya hecho denuncia por el delito de tortura o cualquier
otro”113. Esta decisión fue confirmada en certificación de 15 de agosto de 2011114. El 7 de mayo de 2012 en
audiencia de prueba, Daniel García solicitó al Juez Quinto Penal “por enésima vez se de vista al agente del
ministerio público investigador” de las constancias, prueba, documentales y exámenes médicos relativos a los
Alegando que éstas se habían realizado por las mismas profesionales que lo habrían revisado durante el arraigo, con burlas y muecas
de éstas “sin bata, sin cama o sábana y en el patio del penal y sin el apoyo de nadie” con “mofas, sarcasmos, burlas y comentarios”. Ver:
Anexo 44. Escrito de Reyes Alpizar Ortiz. Causa penal 88/02. 18 de febrero de 2008. Anexo escrito parte peticionaria 25.09.2008.
102 Anexo 45. Escrito de Reyes Alpizar Ortiz. Causa penal 88/02. 31 de marzo de 2008. Anexo escrito parte peticionaria 25.09.2008.
103 Anexo 46. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Auto. Tlalnepantla, Estado de México, 26 de febrero de 2008. Anexo 47. Juzgado
Quinto Penal de Primera Instancia. Auto. Tlalnepantla, Estado de México, 8 de abril de 2008. Ambos anexos escrito parte peticionaria
25.09.2008.
104 Anexo 48. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Auto. Tlalnepantla, Estado de México, 4 de abril de 2008. Anexo escrito parte
peticionaria 25.09.2008.
105 Anexo 49. CODHEM. Visitaduría General II Nororiente. Exp. CODHEM/NJ/1413/2007. Oficio No. 400C132300/2200/2008. Remite
Copia Certificada de Examen Médico. Tlalnepantla de Baz, México, 26 de marzo de 2008. Anexo escrito parte peticionaria 25.09.2008.
106 Anexo 50. Copia Certificada de Examen Médico que CODHEM practicó a Reyes Alpizar el 11 de diciembre de 2007. Anexo escrito parte
peticionaria 25.09.2008.
107 Anexo 51. Escrito de Daniel García Ortiz y Reyes Alpizar Ortiz. Causa penal 88/02. 9 de octubre de 2008; Anexo 52. Escrito de Daniel
García Ortiz y Reyes Alpizar Ortiz. Causa penal 88/02. 28 de octubre de 2008. Ambos en anexo No. 2 escrito parte peticionaria 13.10.2010
108 Anexo 53. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Audiencia de Pruebas. Tlalnepantla, Estado de México, 5 de junio de 2008. Anexo
escrito parte peticionaria 25.09.2008; Anexo 54. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Audiencia de Pruebas. Tlalnepantla, Estado
de México, 19 de junio de 2008 (“Audiencia de Pruebas 19.6.2008”). Anexo 3 escrito parte peticionaria 13.10.2010
109 Anexo 55. Dictamen psicológico. Tania Elizabeth Romero Sánchez. Psicologa. Causa Penal 88/2002. México, Distrito Federal, 11 de
agosto de 2009. Contiene 74 páginas, anexo 3 escrito parte peticionaria 13.10.2010, pág. 59; Anexo 56. Juzgado Quinto Penal de Primera
Instancia. Audiencia de Desahogo de Pruebas y Junta de Peritos. Tlalnepantla, Estado de México, 20 de noviembre de 2009 (“Audiencia
Prueba y Junta Peritos 20.11.2009”). Anexo 6 escrito parte peticionaria 13.10.2010.
110 Anexo 57. Dictamen Pericial en Psicología. Martha Enríquez Cervantes. Causa Penal 88/2002. Extorsión, Fraude, Homicidio Calificado,
Otros. Toluca, México, 20 de octubre de 2009. Contiene 14 páginas, pág. 9. Anexo escrito parte peticionaria 20.04.2011. Ver, además: Anexo
56. Audiencia Prueba y Junta Peritos 20.11.2009.
111 Anexo 58. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Audiencia de Desahogo de Pruebas y Junta de Peritos. Tlalnepantla, Estado de
México, 17 de febrero de 2010.
112 Anexo 59. Escrito de Reyes Alpizar Ortiz Incidente No Especificado ante el Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Causa 88/2002.
Con timbre de recepción de 22 de septiembre de 2010. Anexo escrito parte peticionaria 12.04.2011.
113 Asimismo, indicó que “desde aquella fecha el ahora quejoso se dolía según su apreciación por hechos constitutivos de tortura, desde
entonces tuvo su derecho expedito para hacerlo valer ante la autoridad correspondiente”. Sobre las pruebas de presunta tortura en el caso,
indicó que “desde luego serán motivo de valoración y análisis al momento en que se resuelva en definitiva la situación jurídica”, insistiendo
en que éste tenía el “derecho expedito” para hacer valer las alegaciones de tortura “ante las autoridades correspondientes” Anexo 60.
Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Resolución Incidental. Tlalnepantla, Estado de México, 24 de septiembre de 2010. Anexo escrito
parte peticionaria 12.04.2011.
114 Anexo 61. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia. Causa penal: 88/2002. Asunto: Se rinde informe. Oficio: 1010. Tlalnepantla de
Baz, México, 15 de agosto de 2011, foliación indeterminada 114-126, fojas 117. Anexo 62. Juzgado Quinto Penal de Primera Instancia.
Causa penal: 88/2002. Asunto: Se rinde informe. Oficio: 1016. Tlalnepantla de Baz, México, 16 de agosto de 2011. Anexo escrito parte
peticionaria 20.02.2012.
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