civil en 199620 y las presuntas ejecuciones de tres civiles en 1998, 1999 y 2000, respectivamente21. 26. El 20 de agosto de 1998, dos días antes de los hechos del caso, 400 militares llegaron a Baborigame con el fin de combatir el narcotráfico22. B. Los hechos ocurridos el 22 de agosto de 1998 27. Mirey Trueba nació en Baborigame, municipio de Guadalupe y Calvo, estado de Chihuahua. En la época de los hechos trabajaba en el rancho de su familia, la cual estaba conformada por: i) su padre José Tomás Trueba Loera 23; ii) su madre Micaela Arciniega Cevallos24; iii) sus hermanos Vidal (fallecido), Elías, Tomás, Eleazar, Eduardo (fallecido) y Samuel, todos de apellido Trueba Arciniega. 28. El 22 de agosto de 1998, Mirey Trueba Arciniega de 20 años de edad, se encontraba en un vehículo junto con su hermano Vidal Trueba Arciniega y su amigo Jorge Jiménez. El vehículo circulaba por una calle principal en Baborigame cuando un carro militar se acercó y pidió que se detuvieran. 29. De las declaraciones de Jorge Jiménez, quien se encontraba manejando el vehículo, se desprende que cuando detuvo el vehículo Mirey se asustó, bajó y corrió por atrás, y un comandante disparó en diez o doce ocasiones25. El hermano de Mirey, Vidal Trueba Arciniega, declaró que “al parecer tuvo miedo Mirey de los soldados, saliendo por el lado de atrás (…) y cuando pasó un puentesito (sic) de madera (…) un oficial militar (…) sacó un arma de fuego y comenzó a dispararle (…)”26. 30. El Estado sostuvo que conforme a las investigaciones realizadas por las autoridades internas se determinó que las autoridades militares tenían la intención de revisar la camioneta “Pick Up”. Que al detenerse la camioneta bajaron tres civiles y a uno de ellos se le cayó “al parecer un arma” la cual recogió, y con la que caminó apresuradamente para alejarse del lugar al tiempo que expresaba “no me sigan que disparo” por lo que el teniente coronel de infantería Luis Raúl Morales Rodríguez accionó su arma de fuego 27. Cfr. CIDH, Informe No. 107/00, Caso 11.808, Solución Amistosa, Valentín Carrillo Saldaña Vs. México, 4 de diciembre de 2000. 20 Cfr. Escrito de petición inicial de fecha 2 de agosto de 2001 suscrito por las peticionarias dirigido a la Comisión IDH (expediente de prueba, folio 53). 21 Cfr. Nota de prensa publicada en el Diario Chihuahua el 30 de agosto de 1998, titulada “Morir en la Sierra” (expediente de prueba, folio 7). 22 Tal como consta en al Acuerdo de Solución Amistosa, el señor José Tomás Trueba Loera es llamado de forma indistinta como José Tomás Trueba Loera o José Tomás Trueva Loera. 23 Tal como consta en al Acuerdo de Solución Amistosa, la señora Micaela Arciniega es llamada de forma indistinta como Micaela Arciniega Cevallos o Micaela Arciniega Ceballos. 24 Declaración del señor Jorge Jiménez de 22 de agosto de 1998 rendida ante el Ministerio Público adscrito al poblado de Baborigame del Municipio de Guadalupe y Calvo en el estado de Chihuahua, retomada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos el 30 de noviembre de 1998 en el expediente 98/5007-1 (expediente de prueba, folio 90). 25 Declaración del señor Vidal Trueba Arciniega de 22 de agosto de 1998 rendida ante el Ministerio Público adscrito al poblado de Baborigame del Municipio de Guadalupe y Calvo en el estado de Chihuahua, retomada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos el 30 de noviembre de 1998 en el expediente 98/5007-1 (expediente de prueba, folio 90). 26 Cfr. Escrito de observaciones del Estado al caso 12.659 Mirey Trueba Arciniega de 23 de agosto de 2004, dirigido a la Comisión IDH (expediente de prueba, folio 114). 27 9

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