por la costumbre internacional como por el derecho internacional convencional, en particular, la Convención de Viena 25, que debe determinarse el sentido y alcance de un tratado, incluyendo, por cierto, la faceta evolutiva de esa interpretación, la que debe, por lo tanto, igualmente sustentarse en la referida norma 26. 10. La aplicación e interpretación de la Convención importa, consecuentemente, que lo que compete a la Corte es impartir justicia en materia de Derechos Humanos a través del Derecho y más específicamente aún, según lo que aquella dispone, función diferente a la asignada a la Comisión, consistente en promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, incluso ante ella 27. El cumplimiento de la misión que le ha sido asignada, le impone a la Corte, consecuentemente, proceder exclusivamente en el ámbito del Derecho, procurando no incursionar en áreas que son más propias de los órganos que ejercen las funciones ejecutivas y normativas 28 y ello aunque, al proceder así, afecte su influencia o incidencia social o política. No es este su propósito sino, como indica la doctrina, el de transformar los mandatos abstractos y generales de la Convención en mandatos concretos y particulares. 11. La función jurisdiccional de la Corte le impone, por lo tanto, proceder acorde a la dignidad que emana de la circunstancia de ser un tribunal y, adicionalmente, autónomo, sin que, en el ejercicio de sus prerrogativas, pueda ser fiscalizado o controlado por entidad alguna, pero, al mismo tiempo, sin ninguna capacidad de hacer cumplir sus fallos por el empleo de medidas coercitivas. La majestad propia de la magistratura que le ha sido confiada a la Corte, conlleva, consecuentemente, proceder con pleno apego a los límites que se le han establecido a sus facultades privativas, de suerte que sus decisiones sean acatadas principalmente por 4. Se dará a un término un sentido especial si consta que tal fue la intención de las partes.” Art.32 de la Convención de Viena: “Medios de interpretación complementarios. Se podrán acudir a medios de interpretación complementarios, en particular a los trabajos preparatorios del tratado y a las circunstancias de su celebración, para confirmar el sentido resultante de la aplicación del artículo 31, o para determinar el sentido cuando la interpretación dada de conformidad con el artículo 31: a) deje ambiguo u oscuro el sentido; o b) conduzca a un resultado manifiestamente absurdo o irrazonable.” 25 Art. 26: "Pacta sunt servanda". Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.” 26 Supra, Nota N° 24, art.31.3 de la Convención de Viena. 27 Art. 41: “La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, y en el ejercicio de su mandato tiene las siguientes funciones y atribuciones: a) estimular la conciencia de los derechos humanos en los pueblos de América; b) formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos; c) preparar los estudios e informes que considere convenientes para el desempeño de sus funciones; d) solicitar de los gobiernos de los Estados miembros que le proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos; e) atender las consultas que, por medio de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, le formulen los Estados miembros en cuestiones relacionadas con los derechos humanos y, dentro de sus posibilidades, les prestará el asesoramiento que éstos le soliciten; f) actuar respecto de las peticiones y otras comunicaciones en ejercicio de su autoridad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 al 51 de esta Convención, y g) rendir un informe anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.” 28 Supra, Notas N°s 19, 20 y 21. 5

Select target paragraph3