Flores Marín, Marcos Lienzo Martínez, Karen Lizeth Martínez, Cesar Herrera Martínez,
César Edgardo Mejía, Anayka Naniky Centeno, Jasmín Jahaira Álvarez, Arely Jaharied
Amaya, Valery Camila Valerio, Kelly Betzaida Martínez, Juana Nanigui Arzu, Óscar
Martínez Álvarez, Angy Betzaida Martínez y Marco Tulio Valerio.
b) Por la Comunidad de Punta Piedra: Edito Suazo Ávila, Marlon Roberto Gutiérrez, Onaina
Thomas Rodríguez, Joaquín Thomas Rodríguez, Santos Celin Suazo, Edelberta Ávila
Castillo, Doroteo Thomas Rodríguez, Armando Castillo Núñez, Nigsa Iliana Bonifacio
Martínez, Doris Edgarda Castillo, Thomas Castillo Zelaya, Lidia Palacios Bernárdez,
Francisco Castillo Castillo, Matías Thomas, Félix Ercilio Ordoñez, Paulino Mejía Castillo,
Vidal Castillo Castillo, Andrés Álvarez, Daniel Ávila Castillo, Virginia Bernárdez Núñez,
Teresa Castillo Mejía, Hermenegildo Castillo, Fausto Bonifacio Castillo, Eduarda Ávila
Bonifacio, Erminia Bonifacio, Tecla Castillo Martínez, Dina Ivon Palacios, Tomasa Ávila
Castillo, Dayna Dinesa Bonifacio Ávila, Dinora Ordoñez Álvarez, María Juliana Suazo
Montero, Celia Rodríguez Bernárdez, Agripina Bonifacio Castillo, Fermina Castillo
Bernárdez, Antolín Ávila Bonifacio, Cecilio Castillo Rodríguez, Alendro Castillo,
Desiderio Castillo Bernárdez, Ramón Castillo Rodríguez, Petrona Castillo Palacios, Dixa
Marina Palacios, Zaira Carina Thomas, Irma Castillo Martínez, Rosario Bonifacio
Castillo, Donaldo Velásquez Ávila, Rebeca Liliana Mejía Núñez, Iris Margot Ávila
Castillo, Justina Martínez Ávila, Sabino Bonifacio Castillo, Santos Benítez Bernárdez.
18.
El 24 de agosto de 2020, el Estado informó, respecto a las cuatro personas
desaparecidas, que el Ministerio Público se encontraba realizando las debidas
investigaciones y adjuntó un oficio en el que se detallan acciones. Específicamente,
informó que se habían conformado tres equipos de localización y rescate integrados
por miembros de las fuerzas especiales y que el 22 de julio de 2020, se llevó a cabo
un allanamiento en una vivienda en la cual residía un ciudadano conocido como
supuesto integrante de una estructura criminal, quien sería uno de los presuntos
responsables en la privación ilegal de la libertad de las personas desaparecidas.
Indicó que, entre los hallazgos relevantes que se recolectaron, figuran armas de
fuego, teléfonos celulares, un uniforme militar y aros de presión. Agregó que, como
consecuencia de ese allanamiento, un individuo fue puesto a las órdenes del
Ministerio Público y, posteriormente, se le impuso la medida cautelar de prisión
preventiva. A su vez, el Estado aportó información sobre las diligencias de
investigación que fueron llevadas a cabo hasta el momento en relación con el
homicidio del señor Antonio Bernárdez.
19.
Respecto a las medidas dirigidas a las comunidades, precisó que tradujo al
idioma garífuna y le dio publicidad a la Resolución dictada el 6 de agosto de 2020.
Además, para cumplir con lo señalado en la misma se conformó un equipo
interinstitucional integrado por la Secretaría de Derechos Humanos a través de los
Despachos de Promoción y Protección de Derechos Humanos, la Secretaría de Estado
en el Despacho de Seguridad a través de la asesoría ministerial y el Departamento
de Derechos Humanos; la Dirección de Pueblos Indígenas y AfroHondureños
(DINAFROH-SEDIS) y la Procuraduría General de la República. Adicionalmente,
Honduras precisó que el 20 de agosto de 2020 se llevó a cabo una reunión entre el
equipo interinstitucional creado y los representantes, donde se propuso las líneas de
acción del plan de implementación para el cumplimiento de las medidas ordenadas.
D) Consideraciones de la Corte
20.
La solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes se
refiere a: a) cuatro personas presuntamente desaparecidas, todas integrantes de la
Comunidad Garífuna de Triunfo de la Cruz; y b) los pobladores de esa Comunidad y
de la Comunidad Garífuna de Punta Piedra que desarrollan colectivamente acciones
de defensa de los derechos del pueblo Garífuna y, específicamente, sobre sus
territorios. Esas solicitudes se encuentran directamente relacionadas con los
derechos a la vida, libertad personal e integridad personal de esas personas, y
además están basadas en un contexto de inseguridad sobre la posesión y uso de la
tierra, y la falta de investigación por los hechos de violencia en contra de varios
miembros de esas comunidades.
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