3 “contestación de la demanda”). El Estado reconoció su responsabilidad internacional “sobre los derechos contemplados en los artículos 1.1, 3, 4, 5, 7, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, [y las obligaciones establecidas en los artículos] I, III, IV y XI de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas en relación a Rainer Ibsen Cárdenas y José Luis Ibsen Peña, [así como sobre los derechos establecidos en los] art[ículos] 5, 8 y 25 de la Convención Americana en conexión con el artículo 1.1 [de la misma] en relación a Martha Castro Mendoza (madrastra y cónyuge[,] respectivamente), Tito Ibsen Castro, Rebeca Ibsen Castro y Raquel Ibsen Castro (hermanos e hijos[,] respectivamente)[,] todos expresados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”. Sin embargo, el Estado manifestó expresamente que “no se allana[ba] a la demanda de la Comisión y al escrito de solicitudes[,] argumentos y pruebas de los familiares respecto de la solicitud de reparaciones presentada”. El Estado designó a la señora M.C. Yovanka Oliden Tapia como Agente en el presente caso, y al señor Víctor Montecinos Villca como Agente Alterno. II PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 6. Luego de la presentación de los escritos principales (supra párrs. 1, 4 y 5), el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “el Presidente”) ordenó la recepción de declaraciones ante fedatario público (affidávit) de tres presuntas víctimas, tres testigos y un perito, todos ofrecidos oportunamente por las partes. Adicionalmente, convocó a las partes a una audiencia pública para escuchar las declaraciones de una presunta víctima, un testigo y dos peritos, propuestos por la Comisión, el Estado de Bolivia y los representantes, respectivamente, así como sus alegatos finales orales sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas. Finalmente, el Presidente fijó plazo hasta el 24 de mayo de 2010 para que las partes presentaran sus respectivos alegatos finales escritos2. 7. El 22 y 29 de marzo, y el 3 de mayo de 2010 la Comisión y los representantes remitieron al Tribunal las declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit). 8. La audiencia pública se llevó a cabo el 13 de abril de 2010, durante el XLI Período Extraordinario de Sesiones celebrado en la ciudad de Lima, República del Perú3. Durante ésta, el Estado presentó al Tribunal diversa documentación en calidad de prueba al realizar 2 Cfr. Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs. Bolivia. Convocatoria a Audiencia Pública. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 10 de marzo de 2010, Puntos Resolutivos primero a cuarto y duodécimo. Ante una solicitud de sustitución interpuesta por los representantes, el Presidente del Tribunal requirió que la señora Rebeca Ibsen Castro rindiera su declaración ante fedatario público (affidávit), pese a que ésta había sido convocada a declarar durante la audiencia referida. La Comisión apoyó la solicitud de los representantes. El Estado no presentó observaciones al respecto. Dicha declaración fue recibida el 3 de mayo de 2010. Cfr. Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs. Bolivia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 6 de abril de 2010, Punto Resolutivo tercero. 3 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: María Silvia Guillén, Delegada; Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta, y Silvia Serrano, Asesora; b) por las presuntas víctimas: Tito Ibsen Castro, Jaime Daniel Enríquez Tordoya y Mario Ressini Ordóñez, y c) por el Estado: Samuel Tola Larico, Viceministro de Justicia y Derechos Fundamentales, Ministerio de Justicia; María del Rosario Basagoitia Cuba, Representante del Tribunal Supremo de Justicia, Órgano Judicial; Germán Jesús Quezada González, Representante Fiscalía de Distrito Santa Cruz de la Sierra, Ministerio Público; Yovanka Oliden Tapia, Agente del Estado boliviano; Patricia Mendoza García, Directora General de Asuntos Jurídicos, Ministerio de Relaciones Exteriores; Luis Rojas Martínez, responsable del Área de Representación Legal Internacional, Ministerio de Relaciones Exteriores; Karina Palacios, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Ministerio de Relaciones Exteriores; Nelson Cox, Ministerio de Justicia, y Ximena Fajardo, Ministerio de Justicia.

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