1. Otorgar medidas provisionales a la señora Isela González Díaz, directora de la organización Alianza Sierra Madre A.C., y requerir al Estado para que de forma inmediata proceda a adoptar las medidas necesarias para proteger de manera efectiva sus derechos a la vida y a la integridad personal. 2. Requerir al Estado que realice todas las gestiones adecuadas para que las medidas de protección ordenadas se planifiquen e implementen con la participación de la persona beneficiaria, así como prever los medios para mantenerla informada acerca del avance de la ejecución de dichas medidas. 3. Ampliar las medidas provisionales emitidas en el presente asunto, de tal forma que el Estado mexicano incluya de manera inmediata dentro de las medidas ordenadas mediante resoluciones de 25 de marzo de 2017, 10 de junio de 2020 y 23 de septiembre de 2021, a la señora Isela González Díaz. 4. Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 8 de enero de 2024, sobre la situación de a la señora Isela González Díaz y las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta decisión. Con posterioridad, el Estado deberá incluir en el informe periódico al que se refiere el punto resolutivo 6 de la Resolución de 23 de septiembre de 2021, la información sobre las medidas adoptadas de conformidad con esta decisión. 5. Solicitar a los representantes de las personas beneficiarias y a la Comisión Interamericana que continúen presentando sus observaciones, conforme al punto resolutivo 7 de la Resolución de 23 de septiembre de 2021, dentro de los plazos establecidos en dicha decisión. 6. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a los Estados Unidos Mexicanos, a los representantes de las personas beneficiarias y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 9

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