10
autoridades y compañeras internas” la señora Chinchilla “no ha[bía] tomado la medicina
(hipoglicemiente) y se dio dieta libre, ingiriendo azúcares, aguas gaseosas, etc., pretendiendo
únicamente salir al Hospital General”. Se solicitó que la señora Chinchilla pudiera ser evaluada por el
médico forense63. El 29 de diciembre de 1998 un médico del COF informó nuevamente que la señora
Chinchilla se rehúsa a “ser evaluada por médicos del centro”, “y por referencia no está tomando
medicina y dándose dieta libre”64.
2.3
Año 1999
29.
El 15 de enero de 1999, a solicitud del Juez65, el Servicio Médico Forense del Organismo
Judicial realizó la evaluación e informó que la señora Chinchilla “presenta conocimiento orientado, en
tiempo, espacio y persona, con antecedentes de diabetes de más o menos años, con tratamiento con
hipoglucemiantes orales”. Se indicó que la señora Chinchilla podía tener tratamiento en el propio COF66.
30.
El 6 de enero de 1999 la Directora del COF informó que se había realizado un requisa a
las reclusas y encontraron una bolsa con dos pelucas, un collar, una pulsera, una faja con glúteos
postizos, un vestido color negro y otro blanco, un saco de pana estampado, un par de zapatos color
negro, un camisón blanco y un maquillaje “propiedad de la señora interna: MARIA INES CHINCHILLA”67.
Se informó que las autoridades del centro han “tenido rumores que la mencionada tiene planes de
fugarse en una salida que tenga al hospital, por lo que se supone que lo que se encontró ya lo tenía
preparado para lograr su cometido” 68.
31.
El 20 de enero de 1999 el Juez señaló en relación con el permiso solicitado por la señora
Chinchilla que “no ha lugar” en virtud de que el “oficio del médico forense dice que puede tener
tratamiento médico de diabetes en el centro donde actualmente se encuentra”, se solicitó además que
se permita “el ingreso de sus medicamentos correspondientes”69. Consta en el expediente que el 27 de
enero de 199970 y el 3 de febrero de 199971, la señora Chinchilla se presentó a consulta en el HSJD.
63
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Centro de Orientación Femenino. Oficio 0125-98, Comunicación de la
Doctora Magdalena Recinos de Barrios a la Subdirectora del COF de 29 de diciembre de 1998. Folio 324. Anexo 8 a la petición
inicial.
64
Anexo 3. Centro de Orientación Femenino. Comunicación del médico de la clínica del COF a la subdirectora del COF.
29 de diciembre de 1998. Anexo 1 al Escrito del Estado de 13 de julio de 2010.
65
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejecutoria No. 429-96 Pf- 7º Decisión del Juzgado
Segundo de Ejecución Penal de 4 de enero de 1998. Folio 325. Anexo 8 a la petición inicial.
66
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Departamento médico forense. Comunicación de
15 de enero de 1998. Folio 332. Anexo 8 a la petición inicial.
67
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Centro de Orientación Femenino. Oficio No. 01-99 Ref. SRIA_AMDS/acf.
Comunicación de la Directora del Centro de Orientación Femenino al director General del Sistema Penitenciario de 6 de enero
de 1999. Folio 327. Anexo 8 a la petición inicial.
68
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Centro de Orientación Femenino. Oficio No. 01-99 Ref. SRIA_AMDS/acf.
Comunicación de la Directora del Centro de Orientación Femenino al director General del Sistema Penitenciario de 6 de enero
de 1999. Folio 327. Anexo 8 a la petición inicial.
69
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejecutoria No. 429-96 Pf- 7º Decisión del Juzgado
Segundo de Ejecución Penal de 20 de enero de 1999. Folio 333. Anexo 8 a la petición inicial.
70
Anexo 1. Certificación de Ejecutoria 429-96. Hospital General San Juan de Dios. Comunicación de 27 de enero de
1999. Folio 334. Anexo 8 a la petición inicial.