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forma, durante la audiencia los representantes presentaron “19 constancias en donde h[an]
denunciado de manera detallada con circunstancias de tiempo y modo y lugar, los hechos
de riesgo que han afectado las comunidades desde la última audiencia de seguimiento de
las presentes medidas […]”. Posteriormente, los representantes informaron a la Corte
supuestos nuevos hechos ocurridos dentro de las comunidades del Curvaradó y del
Jiguamiandó, con base en los cuales consideraron que debe ser procedente la solicitud de
ampliación de medidas provisionales de la Comisión Interamericana7.
C.
Observaciones del Estado a la solicitud presentada por la Comisión
Interamericana.
18.
El Estado manifestó que no se cumplían los requisitos de procedibilidad de extrema
gravedad y urgencia, y peligro de daño irreparable, para la ampliación de las medidas
provisionales, por lo cual consideró que la solicitud de la Comisión debía ser desestimada. Al
respecto, el Estado se refirió a los supuestos factores de riesgo mencionados por la
Comisión, y a los hechos y alegatos que sustentan su solicitud de ampliación. En primer
lugar, reiteró que el Ejército no se ha retirado de la zona, y que “los movimientos de
personal de tropa militar que se han realizado en el terrero obedecen a la estrategia propia
del Ejército Nacional en la implementación de sus misiones y operaciones, lo que bajo
ningún supuesto implica que ha habido retiro de dicho personal o mucho menos abandono
de la comunidad por parte de las Fuerzas Armadas”. Al respecto, durante la audiencia
pública también precisó que para el Estado “es una prioridad el proceso que se está viviendo
en la zona de Jiguamiandó y Curvaradó, [y que por eso] el Ministerio de Defensa [estaba]
estudiando un posible incremento del pie de fuerza tanto policial [como] militar en la zona,
no solamente para garantizar todo [el] proceso de censo que [ha] venido apoyando [… sino]
para garantizar la no repetición [de los hechos]”. Mencionó que también se pretende una
mayor presencia de “autoridades judiciales para poder avanzar en la judicialización de los
miembros de las bandas criminales que están operando en la zona”. Sobre la estimación del
número de paramilitares que supuestamente ingresaron a territorio de comunidades del
Jiguamiandó y del Curvaradó (supra considerando 10), durante la audiencia pública el
Estado expresó que durante la misma se había hecho referencia a muchas generalidades, y
que solicitaban a los representantes que entregaran al Estado copias de las denuncias que
se hubieran presentado a raíz de tales supuestos hechos, que indicaran cuáles violaciones
de derechos humanos se habían producido en esas incursiones, cuánta gente murió o sufrió
daños a su integridad física, a efecto de hacerlo el conocimiento de las autoridades
competentes.
19.
Además, frente a la supuesta connivencia de miembros del Ejército con “el accionar
de actores ilegales”, el Estado expresó que era necesario agotar los canales legales con los
que cuenta la legislación nacional para la defensa de los derechos de los beneficiarios,
7
Básicamente, los representantes se refirieron a supuestos hechos ocurridos luego de la celebración de la
audiencia pública (supra Visto 5) en contra de los habitantes de las comunidades del Curvaradó y Jiguamiandó. Los
representantes relataron los supuestos asesinatos de dos jóvenes no identificados cuyos cuerpos fueron hallados
en la cuenca del río Jiguamiandó. También mencionaron las desapariciones forzadas de Ever González y Francisco
Pineda, quienes actualmente no son beneficiarios de medidas provisionales, y el asesinato del indígena Jhon Jairo
Domicó en el territorio colectivo del Curvaradó. Reiteraron que los grupos paramilitares que se ubican en la zona
continúan actuando con la aquiescencia de miembros de la Brigada 17. Asimismo, señalaron que desde que la
Comisión Interamericana presentó la solicitud de ampliación de medidas provisionales, ha continuado “la presencia
de paramilitares que siguen actuando con la aquiescencia de autoridades de Ejército y Policía”, que han tenido
lugar “afectaciones a las zonas de biodiversidad y a las lugares de siembra de los miembros de las zonas
humanitarias”, “amenazas a líderes y lideresas en desarrollo del proceso de restitución [de tierras]”, y “continuidad
de la implementación de cultivos de uso ilícito”.