d) pagar a la víctima las cantidades fijadas en los párrafos 76 y 82 de la Sentencia, por concepto de indemnizaciones de los daños material e inmaterial (punto resolutivo séptimo de la Sentencia), y e) pagar a la representante de la víctima la cantidad fijada en el párrafo 86 de la Sentencia por concepto de reintegro de costas y gastos (punto resolutivo séptimo de la Sentencia). 2. Dar por concluido el caso Almeida debido a que Argentina ha dado cumplimiento total a las medidas de reparación dispuestas en la Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida por la Corte el 17 de noviembre de 2020. 3. Archivar el expediente del caso Almeida Vs. Argentina. 4. Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos por conducto del Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2024. 5. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos notifique la presente Resolución al Estado, a la representante de la víctima y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Corte IDH. Caso Almeida Vs. Argentina. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 14 de marzo de 2024. Resolución adoptada en San José de Costa Rica. Nancy Hernández López Presidenta Rodrigo Mudrovitsch Humberto A. Sierra Porto Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Ricardo C. Pérez Manrique Patricia Pérez Goldberg Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Nancy Hernández López Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario -8-

Select target paragraph3