d) pagar a la víctima las cantidades fijadas en los párrafos 76 y 82 de la Sentencia,
por concepto de indemnizaciones de los daños material e inmaterial (punto
resolutivo séptimo de la Sentencia), y
e) pagar a la representante de la víctima la cantidad fijada en el párrafo 86 de la
Sentencia por concepto de reintegro de costas y gastos (punto resolutivo
séptimo de la Sentencia).
2.
Dar por concluido el caso Almeida debido a que Argentina ha dado cumplimiento
total a las medidas de reparación dispuestas en la Sentencia de fondo, reparaciones y
costas emitida por la Corte el 17 de noviembre de 2020.
3.
Archivar el expediente del caso Almeida Vs. Argentina.
4.
Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los
Estados Americanos por conducto del Informe Anual de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos del año 2024.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
notifique la presente Resolución al Estado, a la representante de la víctima y a la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Almeida Vs. Argentina. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 14 de marzo de 2024.
Resolución adoptada en San José de Costa Rica.
Nancy Hernández López
Presidenta
Rodrigo Mudrovitsch
Humberto A. Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Ricardo C. Pérez Manrique
Patricia Pérez Goldberg
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Nancy Hernández López
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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