documentación e información pertinentes para investigar los hechos denunciados y
llevar a cabo con prontitud aquellas actuaciones y averiguaciones esenciales para
esclarecer lo sucedido. Los miembros del Mecanismo Nacional deben contar con las
debidas garantías de seguridad (punto resolutivo décimo primero de la Sentencia);
f) brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, y de
forma inmediata, adecuada y efectiva, el tratamiento médico y psicológico o
psiquiátrico que el señor Quispialaya requiera, incluyendo el suministro gratuito de los
medicamentos que eventualmente se requiera, tomando en consideración sus
padecimientos (punto resolutivo décimo tercero de la Sentencia);
g) pagar las cantidades fijadas por concepto de indemnizaciones del daño material y del
daño inmaterial (punto resolutivo décimo quinto de la Sentencia), y
h) pagar la cantidad fijada por concepto de reintegro de costas y gastos (punto resolutivo
décimo sexto de la Sentencia).
4.
Disponer que el Estado adopte, en definitiva y a la mayor brevedad posible, las medidas
que sean necesarias para dar efectivo y pronto cumplimiento a las reparaciones indicadas en
los puntos resolutivos segundo y tercero de la presente Resolución, de acuerdo con lo
estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
5.
Disponer que el Estado presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a
más tardar el 13 de marzo de 2023, un informe sobre todas las medidas de reparación
pendientes de cumplimiento, de conformidad con lo indicado en los puntos resolutivos
segundo y tercero de la presente Resolución.
6.
Disponer que la representante de las víctimas y la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo
anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la
recepción del informe.
7.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a la República
del Perú, a la representante de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos.
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