-4- guerrilla. Asimismo, estimaron que “[…] las medidas de seguridad adoptadas por [la Decimoséptima] Brigada no han sido adecuadas ni efectivas para conjurar la situación de violencia en contra de los pobladores” y que las respuestas del Ministerio de Defensa son “[…] ambiguas, imprecisas en relación con la población sobre la cual se deben adoptar las medidas de prevención” Los representantes informaron que la población beneficiaria evidencia riesgos por operaciones de tipo paramilitar, ya que “aún no se han desmovilizado completamente algunas estructuras paramilitares y se han creado otras nuevas por lo que han sido frecuentes las intimidaciones y la persistencia de la situación de inseguridad”. Además, señalaron que la Policía Nacional no ha realizado acciones concretas de persecución y combate a los grupos paramilitares que operan en la región del Bajo Atrato Chocoano y que las operaciones realizadas han creado una situación de mayor vulnerabilidad y distancia profunda con las Comunidades beneficiarias, entre otras, “[…] requisas y detenciones administrativas que desfiguran en algunos casos en detenciones arbitrarias, lo que ha llevado a que los habitantes de las Zonas Humanitarias del Jiguamiandó se abstengan de movilizarse a los cascos urbanos de Carmen del Darién y Murindó”. 7. Que la Comisión Interamericana considera que las operaciones señaladas por el Estado parecen relacionarse mayormente con el combate contra grupos armados ilegales pertenecientes a las FARC, y en una ocasión al paramilitarismo, mientras que no se hace mención específica a la protección de los beneficiarios. 8. Que en atención a lo señalado por el Estado, los representantes y la Comisión, esta Presidencia considera necesario que el Tribunal reciba mayor información sobre las medidas adoptadas concretamente para proteger la vida e integridad personal de los beneficiarios de las medidas provisionales. Lo anterior, en aras de supervisar la adecuada implementación de tales medidas y de garantizar la efectiva protección de la población civil beneficiaria. * * * 9. Que el representante alegó la existencia de un plan para atentar contra la vida de Enrique Petro, poblador de las zonas humanitarias del Curvaradó, y contra “los acompañantes nacionales e internacionales”. Los representantes señalaron que este plan estuvo antecedido por incursiones militares intimidatorias en varias zonas humanitarias y por la destrucción de los carteles de identificación de las comunidades ahí asentadas. Al respecto, los representantes señalaron que las amenazas al señor Petro Hernández persisten, que la respuesta del Estado no se ha dirigido específicamente hacia los responsables y que desconocen las actuaciones adelantadas y la individualización y eventual proceso de los mismos. Asimismo, los representantes informaron sobre diversos hechos sucedidos entre abril y septiembre de 2006 y denunciaron ante la Corte Interamericana varios actos de hostigamiento y presión contra los beneficiarios de las medidas provisionales, que supuestamente habrían sido llevados a cabo por parte de diversas empresas de palma de aceite, aparentemente apoyados por supuestos grupos de paramilitares y por la fuerza pública. Conforme lo señalado por los representantes,

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