85.
De acuerdo a la información disponible, a la fecha, el criterio jurisprudencial de la SCJN es que la
imprescriptibilidad de las acciones civiles derivadas de delitos de lesa humanidad establecida en el artículo
2561 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, no rige para los casos de desapariciones forzadas
ocurridas durante la dictadura, toda vez que el artículo 2537 de dicho Código indica que los plazos de
prescripción en curso al momento de la entrada en vigencia del Código se rigen por la ley anterior. La SCJN en
un fallo dictado en el año 2018 en un caso de desaparición forzada, señaló que “[no] resultaría aplicable al caso
la imprescriptibilidad fijada en el artículo 2561 in fine del Código Civil y Comercial, en virtud de lo dispuesto
expresamente por el artículo 2537 del mismo cuerpo legal” 80. En el mismo fallo la Corte reiteró el criterio según
el cual, en casos de desaparición forzada de personas, “el punto de arranque del curso de la prescripción puede
situarse –entre otras posibilidades- en la fecha en que, mediante una sentencia judicial, se determine el
fallecimiento presunto de la víctima del delito” 81.
G.
Sobre los procesos penales
86.
El 24 de diciembre de 1986 y el 8 de junio de 1987 se promulgaron las Leyes Nro. 23.492, llamada de
“Punto Final”, y Nro. 23.521, llamada de “Obediencia debida”, respectivamente, las cuales, junto con los indultos
decretados por el Presidente Carlos Menem (Nro. 1002/98 y otros), provocaron que un gran número de causas
penales que se habían abierto luego del retorno a la democracia con el fin de investigar los hechos cometidos
durante la dictadura, quedaran paralizadas. El 3 de septiembre de 2003, mediante la Ley No. 25.779, el
Congreso Nacional declaró nulas dichas leyes. El 14 de junio de 2005 la CSJN en el caso “Simón, Julio Héctor”
declaró la inconstitucionalidad las leyes Nro. 23.492 y Nro. 23.521 y declaró la validez de la Ley No. 25.779 82.
A partir de estas decisiones se produjo la apertura y avance de una gran cantidad de causas por graves
violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura 83. Entre las “megacausas” llevadas a cabo
por la justicia argentina, se encuentra la relativa a “Automotores Orletti”, la cual se ha dividido en cuatro tramos,
denominados Orletti I, II, III y IV.
1.
Causa No. 1627 “Guillamondegui, Néstor Horacio y otros s/privación ilegal de la libertad
agravada, imposición de tormentos y homicidio calificado”
87.
El 6 de septiembre de 2006 se decretó el procesamiento con prisión preventiva de Néstor Horacio
Guillamondegui, Rubén Victor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Honorio Carlos Martinez Ruiz y Raúl
Antonio Guglielminetti, ex agentes de la SIDE, por 65 casos de privaciones ilegales de la libertad y tormentos
ocurridas en “Orletti”. El 23 de noviembre del mismo año se decretó el procesamiento con prisión preventiva
de Eduardo Alfredo Ruffo y el 4 de septiembre de 2008 se elevaron las actuaciones a juicio 84.
88.
El 31 de mayo de 2011 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 1, en el marco de la causa No. 1627
caratulada “Guillamondegui, Néstor Horacio y otros s/privación ilegal de la libertad agravada, imposición de
tormentos y homicidio calificado”, conocida como “Orletti I”, condenó a Eduardo Rodolfo Cabanillas, Eduardo
Alfredo Ruffo, Honorio Carlos Martínez Ruiz y a Raúl Antonio Guglielminetti a penas de prisión perpetua, 25
años (Ruffo y Martínez Ruiz) y 20 años respectivamente, por delitos cometidos en “Orletti”, entre ellos por la
privación ilegal de la libertad y tormentos de Victoria Grisonas.
89.
En dicha sentencia se consideró “acreditada con plena certeza la privación ilegal de la libertad que
sufriera Victoria Lucía Grisonas, como así también su alojamiento en el ccdt “Automotores Orletti”, el
Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tomo 340, volumen 1. Villamil, Amelia Ana c/ Estado Nacional s/ Daños y Perjuicios
del 30 de octubre de 2007, pág. 360. Disponible en: https://sj.csjn.gov.ar
81 Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tomo 340, volumen 1. Villamil, Amelia Ana c/ Estado Nacional s/ Daños y Perjuicios
del 30 de octubre de 2007, pág. 363, citando lo decidido en “Tarnopolsky” (Fallos: 322: 1888). Disponible en: https://sj.csjn.gov.ar
82 Sentencia de la CSJN de fecha 14 de junio de 2005 en el recurso de hecho interpuesto en la causa Nro. 17.768, “Simón, Julio Héctor y otros
s/privación ilegítima de la libertad”. Disponible en: https://www.mpf.gov.ar/Institucional/UnidadesFE/Simon-CSJN.pdf
83 Centro de Información Judicial. Descripción general de los juicios en Argentina. Lesa Humanidad. Disponible en:
https://www.cij.gov.ar/lesa-humanidad.html
84 Centro de Información Judicial. Automotores Orletti. Disponible en: http://cij.gov.ar/nota-1190-.html
80
24