Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Lori Berenson Mejía Vs. Perú Sentencia de 23 de junio de 2005 (Demanda de Interpretación de la Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Lori Berenson Mejía, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces*: Sergio García Ramírez, Presidente; Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente; Oliver Jackman, Juez; Antônio A. Cançado Trindade, Juez; Cecilia Medina Quiroga, Jueza; y Manuel E. Ventura Robles, Juez. presentes, además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario; y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta, de conformidad con el artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y el artículo 59 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), resuelve la demanda de interpretación de la Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida por la Corte el 25 de noviembre de 2004 en el Caso Lori Berenson Mejía (en adelante “la demanda de interpretación”), presentada por los representantes de la víctima y sus familiares (en adelante “los representantes”) el 2 de marzo de 2005. I COMPETENCIA Y COMPOSICIÓN DE LA CORTE 1. * El artículo 67 de la Convención establece que El Juez Diego García-Sayán, de nacionalidad peruana, se excusó de conocer el presente caso, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto y 19 del Reglamento de la Corte, y además por haber sido designado un juez ad hoc desde octubre de 2002. Asimismo, si bien el Juez ad hoc Juan Federico D. Monroy Gálvez no participó en la deliberación de la presente Sentencia en la sede del Tribunal en San José, Costa Rica, fue consultado por la Corte sobre el criterio de ésta y estuvo de acuerdo con la decisión del Tribunal.

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