[su] padre”214. A su vez, declaró que estimaba el monto de estos gastos en “seis mil dólares en total, por concepto de alimentación, combustible, alojamiento y movilización, tanto de los diferentes equipos de investigación que llegaron a investigar el caso, como de las distintas personas que ofrecían información sobre el caso […]”215. Respecto a la posible erogación de ciertos montos con relación a este punto (supra párr. 113), consta en el expediente que en noviembre de 2003 el Coordinador del Ministerio Público envió una nota al Juez de la causa, en donde afirmó que “[l]os agentes iniciaron su trabajo [el 29 de octubre de 2003] en horas de la tarde, no sin antes hacer la advertencia que la Fiscalía tenía que coordinar su estadía en esta ciudad porque no tenían viáticos asignados, [y] por tal motivo se contactó al señor Jacobo Kawas [...] quien les proporcionó un apartamento y L. 1,000.00 para que pudieran trabajar”216. El Tribunal considera que, efectivamente, la familia de Blanca Jeannette Kawas Fernández incurrió en determinados gastos por este concepto, los cuales fueron erogados directamente por el señor Jacobo Kawas Fernández. 170. Por otra parte, consta en el expediente que el señor Jacobo Kawas Cury, padre de la señora Blanca Jeannette Kawas Fernández, así como los hermanos de ésta, erogaron ciertos gastos con motivo de su funeral217. 171. Tomando en cuenta lo anterior, el Tribunal fija en equidad las siguientes cantidades por los rubros que se mencionan a continuación: US $600.00 (seiscientos dólares de los Estados Unidos de América) a favor de Blanca Fernández por concepto de traslado al funeral de su hija, y US $600.00 (seiscientos dólares de los Estados Unidos de América) a favor de Carmen Marilena Kawas Fernández, por el mismo concepto. 172. Asimismo, se fija en equidad la cantidad de US $800.00 (ochocientos dólares de los Estados Unidos de América) por concepto de gastos de traslado al funeral de la señora Blanca Jeannette Kawas Fernández de sus hijos Selsa Damaris y Jaime Alejandro, y de US $300.00 (trescientos dólares de los Estados Unidos de América) por concepto de gastos del funeral de la señora Blanca Jeannette Kawas Fernández, las cuales deberán ser entregadas al señor Jacobo Kawas Fernández, quien deberá, asimismo, otorgar las cantidades correspondientes a los familiares señalados en la presente Sentencia que hubieren cubierto dichos gastos. Conforme a la jurisprudencia de este Tribunal218, la cantidad correspondiente al señor Jacobo Kawas Cury, ya 214 Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Jorge Jesús Kawas Fernández el 30 de octubre de 2008, supra nota 168. 215 Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Jorge Jesús Kawas Fernández el 30 de octubre de 2008, supra nota 168. 216 Cfr. oficio de 5 de noviembre de 2003 suscrito por el Licenciado Luis Javier Santos Cruz, Coordinador del Ministerio Público de la Ciudad de Tela, supra nota 137. 217 Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por la señora Selsa Damaris Watt Kawas el 28 de octubre de 2008, supra nota 171; declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Jorge Jesús Kawas Fernández el 30 de octubre de 2008 supra nota 168; declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Jaime Alejandro Watt Kawas el 4 de noviembre de 2008, supra nota 166, declaración de Jacobo Kawas Fernández rendida ante la Corte Interamericana, supra nota 25. 218 Cfr. Caso Myrna Mack Chang. Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 8, párr. 294; Caso Ticona Estrada y otros. Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 8, párr. 182; y Caso Valle Jaramillo y otros. Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 10, párr. 245. 53

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