(i) el punto resolutivo noveno y los párrafos 128 y 134 de la Sentencia del caso Spoltore, y (ii) el punto resolutivo décimo segundo y los párrafos 150 y 156 de la Sentencia del caso Acosta Martínez y otros. 2. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos notifique la presente Resolución a la República de Argentina, a los representantes de las víctimas de los referidos dos casos y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Ricardo C. Pérez Manrique Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Ricardo C. Pérez Manrique Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario -3-

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