(i)
el punto resolutivo noveno y los párrafos 128 y 134 de la Sentencia del caso
Spoltore, y
(ii)
el punto resolutivo décimo segundo y los párrafos 150 y 156 de la Sentencia
del caso Acosta Martínez y otros.
2.
Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
notifique la presente Resolución a la República de Argentina, a los representantes de las
víctimas de los referidos dos casos y a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos.
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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